Profesora

Dra. Mafalda Victoria Díaz-Melián de Hanisch

domingo, 3 de enero de 2021

Historia del derecho español; Hispania pre-romana.

Paula Flores Vargas; Luis Alberto Bustamante Robin; José Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdés;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Álvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez;  Luis Alberto Cortés Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; Patricio Ernesto Hernández Jara;  Demetrio Protopsaltis Palma; Katherine Alejandra Del Carmen  Lafoy Guzmán; Ricardo Matias Heredia Sánchez; Alamiro Fernández Acevedo;  Soledad García Nannig; 


Capitulo II
Historia del derecho español.


Este capitulo II analizaremos la historia del Derecho prerromano, la romanización jurídica en Hispania, derecho canónico y el Derecho romano vulgar.
Hispania” era nombre que los romanos nombraron al territorio formado por la península ibérica durante época Antigua.

§1º.-Las sociedades prerromanas.

Parte I
Generalidades.

(i).-Introducción a las sociedades prerromanas.

La historia de la  Hispania prerromana va desde el origen del hombre hasta el 218 a.C, cuando fue invadida por romanos durante Guerras Púnicas. 
 De esta Hispania prerromana no nos quedan nada más que algunos pequeños rasgos:
  • 1).-El lento ritmo de evolución histórica de diversos pueblos.
  • 2).-El desequilibrio en la evolución histórica entre regiones.,y 
  • 3).-la posibilidad de evolución limitada de las culturas. 
Los pueblos que más evolucionan son los que están en contacto con culturas superiores (los pueblos del Mediterráneo evolucionan más por el contacto con los fenicios, cartagineses, griegos,...).

España prehistórica.

En el estudio de la prehistoria y en este caso la de la península ibérica, existe un problema fundamental que dificulta su investigación: la cronología exacta. Sobre todo las fechas relativas a sus primeros habitantes, la procedencia de los mismos y su enlace étnico con los distintos tipos prehistóricos y su localización.
La historia de Iberia propiamente dicha, comienza con la llegada de los pueblos colonizadores (fenicios, griegos, cartagineses y, posteriormente, los romanos).
 Estaban culturalmente más adelantados que los habitantes peninsulares nativos e impusieron sobre ellos su economía, sus costumbres y sus tradiciones. Sin embargo, los testimonios que nos han dejado no han podido ser interpretados de manera satisfactoria, por lo que su historia resulta parcial.
En la prehistoria nos encontramos con la siguiente división en períodos:
  • 1).- Edad de piedra.
-Paleolítico.
-Neolítico.
  • 2).- Edad de los metales.
-Edad del bronce.
-Edad del hierro.

En el Paleolítico existen grupos humanos reducidos, pero con instrumentos toscos con los que tallan la piedra de manera también tosca. Estos grupos humanos realizaban ritos religiosos, hacían enterramientos y se dedicaban a la caza.
 Más adelante estos grupos se reúnen, según el avance en la talla de la piedra, formando culturas (es el período conocido como Epipaleolítico). En este período se realizan las pinturas de Altamira.
Al final del Paleolítico y debido a las glaciaciones se produce la desaparición de numerosos animales (este período se conoce como Neolítico). Esto provoca que los grupos humanos se hagan sedentarios y descubran la agricultura y la ganadería. La agricultura genera regímenes matriarcales y la ganadería regímenes patriarcales. A partir de este período empiezan a producirse enfrentamientos entre los pueblos por la defensa de sus tierras. 

Se puede hacer una triple división de la península: 
  • -Zona norte: Es la más atrasada.
  • -Zona centro: Se trata de una zona pastoril.
  • -Zona sur-levantina: Muy desarrollada y evolucionada (utilizan el riego y la metalurgia)
La península se encuentra poblada por los íberos y poco a poco se empiezan a producir movimientos migratorios procedentes del norte (los celtas). Estos pueblos al ser más avanzados imponen su cultura y su lengua.
Más adelante, fenicios, griegos, cartagineses y romanos van llegando a la península. Los fenicios (su capital fue ciudad de Tiro) utilizaron el Mediterráneo para comerciar con otros pueblos, creando colonias o factorías en estos. Fundaron ciudades de Cartago, Málaga, Cádiz, etc. Al ser destruida su capital pierden el poder y son relevados por los griegos. Estos también fundan colonias y se enfrentan a los cartagineses por el dominio del comercio en el Mediterráneo. Los cartagineses vencen y se quedan con el control comercial. Fundan colonias en la península y consideran a los celtas e íberos como sus mejores aliados.
No hay demasiados caracteres comunes en el derecho de la península prerromana; hay varios tipos de derecho, con lo que se puede hablar de derechos prerromanos, divididos en varias áreas: área norte, área central, área oriental y área meridional.

(ii).-Los pueblos prerromanos de la edad de metales.

Aunque al menos desde época neolítica ya existían unos elementos básicos de la población peninsular, la falta de referencias a aquellos periodos imposibilita darles nombres. 
En edad de los metales existieron tres pueblos con desarrollo mas avanzados en iberia, pero conservan casi nada documentación histórica de ellos. Estos pueblos fueron:

1).-Los tartessos.
Los tartessos es la cultura más antigua del primer milenio ad C. Sus límites geográficos se situaban entre el sur de Portugal y la desembocadura del Rió Segura. Parece que tenía dos centros de irradiación política y cultural diferentes, uno al Oeste situado en el valle del Guadalquivir, y otro al este, en la ciudad de Mastia Tarseion, presumiblemente Cartagena.
Lo poco que se conoce con certeza es debido a las fuentes griegas y romanas, así como algunos hallazgos arqueológicos que no guardan apenas relación con los testimonios escritos. Alcanzaron cierta importancia, en un principio a través de una economía ganadera y agraria y más adelante mediante la explotación de las minas de la región. El auge de esta cultura tuvo lugar entre los siglos IX y VII a. C., coincidiendo con la etapa en que los fenicios se asentaron en factorías costeras para la adquisición de metales a cambio de productos elaborados que eran adquiridos por la élite tartésica.
Estos intercambios contribuyeron al desarrollo de la sociedad autóctona. Modificaron los ritos funerarios tartésicos y, probablemente, acentuaron la estratificación social. 
En estos pueblos ya había clases sociales como señores y siervos. Había gran respecto a la ancianidad. Se prohibía testificar a contra  personas de mas edad. 
Eran hospitalarios con los extranjeros.
Hay pruebas que indican que la aristocracia tartésica explotó a la población que trabajaba en las minas y en los campos en su propio beneficio.
A partir del siglo VI a. C., Tartessos entra en una etapa de decadencia. El motivo más plausible, aunque aún muy controvertido, es el agotamiento de las vetas de mineral aprovechables, que habría acabado con el comercio colonial fenicio y habría llevado a las culturas nativas de nuevo a una economía exclusivamente agrícola y ganadera.
Se sabe mucho de este pueblo gracia geógrafo Estrabón.

  • 2).-Los iberos.
La Dama de Elche (Museo Arqueológico Nacional de Madrid). Es la obra más representativa del arte ibérico. Era una urna funeraria con una cavidad posterior para depositar las cenizas. Se cree vienen desde Africa.
Los iberos se extendieron por toda el área levantina, desde los pirineos hasta Gades (Cádiz), aunque su zona de influencia abarcaba una importante franja interior, desde el valle del Ebro hasta el valle del Guadalquivir. Fue una cultura homogénea, con influencias de los griegos y cartagineses. Sus rasgos básicos, sin embargo, proceden de una evolución autóctona de los pueblos del Bronce: poblados fortificados de tamaño variable, desde ciudades a aldeas, a menudo en colinas y elevaciones de terreno, vivían de una economía agrícola y ganadera, aunque también del comercio con productos artesanales y minerales que intercambiaban con los comerciantes extranjeros.
Entre los siglos V y III a. C., los distintos pueblos iberos adquirieron grados de desarrollo social y político diversos. La mayor parte estaban dirigidos por una aristocracia que controlaba la producción del campesinado e imponía su dominio mediante la fuerza militar: los ajuares funerarios, cargados de armas (la famosa falcata iberica) y de imágenes que enardecían los valores guerreros, así nos lo demuestran. En ciertos pueblos hubo líderes, quizá cercanos a la figura de un rey. La conquista de cartagineses y romanos impidió su desarrollo y sometió a todos ellos al dominio externo.
En el ámbito cultural, eran pueblos avanzados, con una lengua propia aún sin descifrar, ritos religiosos y funerarios característicos y, en determinadas ciudades, un cierto desarrollo de la planificación urbana. De las muestras artísticas que se conservan, destacan una serie de esculturas, entre las que destacan la Dama de Elche, la de Baza, la del Cerro de los Santos o la llamada  Bicha de Balazote, así como la célebre Falcata Ibérica.

  • 3).-Los celtíberos. (Celtas en iberia)
Los celtíberos son, en realidad, un conjunto de pueblos que habitaban ambas mesetas cuando se produjo la conquista romana. (Era mezcla de Celtas juntaron otros pueblos.)
 Sus orígenes son inciertos, con restos arqueológicos muy dispares y en ocasiones confusos. Se cree vienen norte de Europa.
Eran pueblos con una economía agraria, más bien pobre, que se agrupaban en confederaciones de tipo tribal y con grupos aristocráticos. Se establecían en poblados pequeños pero muy bien fortificados, poseían una metalurgia del hierro avanzada y una artesanía textil muy apreciada por los antiguos romanos.
A pesar de la apariencia defensiva que presentaban sus asentamientos (por ejemplo, los castros gallegos), no hay ninguna prueba concluyente que apoye la idea de que hayan sido pueblos organizadamente beligerantes. 
Desde los lusitanos, en el centro del actual Portugal, a los vascones, en Navarra, pasando por los galaicos, astures y cantabros, que personifican la influencia del mundo atlántico del hierro en la península.
Tenían un derecho consuetudinario y socialmente también tenían clases sociales y tuvieron esclavos. Los ibéricos se organizaban en tribus. El individuo se vinculaba con tribu por medio del clan.
En este pueblo surge la institución llamada clientelismo militar.
Pueden distinguirse tres áreas geográficas culturales- en Hispania prerromanas.
Era notable la diferencia entre los habitantes sur más avanzado y el norte muy primitivos culturalmente. Los pueblos del sur fueron primeros en romanizarse. Los pueblos del norte eran más primitivos y belicosos, roma tardo 200 años ocupar y conquistar ese territorio.

Área mediterránea y el sur de la Península.

Correspondía al territorio ocupado por los iberos.
 Estaba abierta a las colonizaciones mediterráneas, que dio lugar a una cultura y organización mayor que la del resto de los pueblos. Fue la parte más rica y la más poblada. Tenía una economía basada en los cultivos mediterráneos, en la ganadería, lanar, la explotación minera (fundamentalmente oro y plata) e industrias de salazón del pescado. Debido a los contactos con los pueblos del Mediterráneo oriental pudieron mantener un comercio activo, en el cual intercambiaban sus materias primas por productos fabricados. En cuanto a la política destacaba la importancia de las ciudades (Cádiz, Sevilla…), gobernada por reyes que se apoyaban en magistraturas y asambleas populares. 
Oretanos, turdeyanos y bastetanos, ocupaban el sur y estaban influidos por los fenicios. En el este con influencias griegas habitaban adetanos, ilergetes, lacetanos, contestanos, sosetanos y cayetanos.

Área Central.

Predominaban los elementos celtas. Tenían una forma de vida más primitiva: al principio practicaban el nomadismo o seminomadismo, y más tarde se asentaron en núcleos fortificados, muy pocos de estos tuvieron importancia como ciudad (Numancia). Vivían del pastoreo y del cultivo de cereales. El comercio no era muy frecuente y no había más que un simple trueque. Se organizaron en clanes y tribus, formado por grupos herméticamente cerrados. 
El pacto de hospitalidad servía para relacionarse con elementos extraños al grupo. Otra característica de estos pueblos, es que la clientela representaba la sumisión del cliente hacia su jefe, al que se legaba por un juramento y al que se debía obedecer a partir del momento en que se juraba fidelidad. Los órganos de gobierno eran el senado aristocrático y las asambleas populares que elegían a los jefes. Los pueblos más destacados eran: Carpetanos, Vetanos, Vacceos, Pelendones, Arévacos, Celtíberos y Lusitanos.

Área del norte.

Era la más atrasada. Estaba ocupada por los Astures, Galaicos Cántabros y Vascones, todos ellos eran pueblos indomables y rudos. Tenían una economía precaria que consistía en una ganadería basada en el pastoreo de cerdos y cabras, y una pobre agricultura, muchas veces recolectora.

 (iii).-Los pueblos colonizadores de iberia.

Las colonizaciones en la península ibérica se limitaron, fundamentalmente, a pequeños asentamientos muy escasos y breves. Los pueblos que llevaron a cabo la empresa, fenicios, griegos y cartagineses, dieron mayor importancia a comerciar y asegurarse el control de las riquezas mineras para sus metrópolis, que de asentarse de una forma estable en el territorio peninsular.

  • 1).-Los fenicios.
Los fenicios eran pueblo semita originario de Asia menor y se organizaban en liga de ciudades. Las ciudades importantes fueron Tiro, Sidón, Oral y Biblio. Era un pueblo de navegantes que viajaron por mar mediterráneo  y costa atlántica de Europa y África.
Fundaron factorías como lugar de refugio y comercio.
Cuando ciudades fenicias de Asia menor fueron sometidas al imperio persa, los fenicios trasladaron su centro de gravedad de su comercial hacia mediterráneo central, siendo nuevo centro la  ciudad de Cartago.
 Cuando el rey asirio Nabuchodonosor somete a la ciudad de Tiro, metrópolis de fenicios, la ciudad de Cartago que era una  factoría fenicia se convertía en una ciudad importante cultura fenicia.
La aparición de las culturas del occidente peninsular coincide hacia el siglo XII a. C. con la expansión fenicia por todo el Mediterráneo. La presencia fenicia está limitada a la costa de Andalucía y a una limitada zona de influencia interior y estuvo asociada al pueblo de Tartessos. A los fenicios se les atribuye la fundación de Gádes (actual Cadiz, en una fecha un tanto controvertida que las fuentes griegas y romanas remontan hacia el año 1100 a. C. Dicha ciudad habría sido la principal fuente del comercio fenicio con Tartessos.
Aunque hay objetos más antiguos, sólo se han encontrado asentamientos fenicios a partir del siglo VIII a C. en las costas de Málaga y Granada. Eran factorías comerciales que se empleaban para traficar con los centros de producción de metales del interior de la Península, aunque también es probable que también hayan mantenido una economía agraria autosuficiente. Probablemente fueron ellos quienes introdujeron la metalurgia del hierro, bastante compleja, y el torno de alfarero.
La supremacía fenicia fue reemplazada por cultura griega, quienes controlaron el comercio en mar mediterráneo.

  • 2).-Los griegos.

Grecia nunca fue una unidad política en la antigüedad, era grupos de polis autónomas. Los colonizadores griegos de Hiberia fueron realizadas por  las ciudades de la península  Jonicas
Respecto a los griegos, se han encontrado bastantes objetos, principalmente vasijas cerámicas, en el territorio de Tartessos, pero sólo a partir del siglo VI a C. son lo suficientemente abundantes como para pensar que fueron los propios griegos quienes los introdujeron, fundamentalmente a través del puerto de Huelva. Es posible que reemplazasen a los fenicios en esa tarea, aprovechándose de su creciente decadencia.
Se citan numerosas colonias griegas en los textos, pero de la mayoría de ellas no se conserva resto alguno. Es probable que se tratasen de enclaves iberos o fenicios utilizados por los navegantes griegos para pernoctar, aprovisionarse y comerciar con los pueblos indígenas del interior, y a los que acabaron por dar sus propios nombres griegos. Los arqueólogos sitúan la mayor parte de los enclaves en la costa de Alicante. El único asentamiento seguro es el de Emporion (Ampurias), en la costa de Gerona, fundada por los colonos procedentes de la ciudad griega de Massalia (actual Marsella) hacia el año 600 A de C.
 Muy pronto se convirtió en una colonia rica y próspera, que realizaba intercambios con el interior: los griegos proporcionaban cerámicas, vino y aceite a cambio de sal, esparto y telas de lino. Entre los siglos V y IV a. C. la colonia aumentó de tamaño, se amuralló y se dotó de una zona sagrada. Su convivencia con los iberos fue, hasta la época romana, bastante pacífica.
La influencia del pueblo griego sobre las tribus iberas con las que comerciaba es evidente, dados las muestras en el arte, la lengua y los signos culturales que los iberos suministran. Su situación de entendimiento entre ambos pueblos y el reino de Tartessos favoreció una época dorada en la que se produjo un proceso que se ha llamado de "mediterranización" de las culturas indígenas peninsulares.

Leyes rodias.

Los griegos dejaron a la historia del derecho las famosas Leyes rodias (Leyes de isla de rodas), que fueron un código de comercio marítimo general y que se aplica en el mediterráneo y algunas de las normas griegas sean conservado en el digesto, que es uno de los textos que componen es el corpus iures civiles que compuso Justiniano y dichas siguientes normas: 
De estas leyes, a las que se le atribuye origen fenicio, no se han conservado el texto literal sino que los datos escogidos surgen de los comentarios que realizaron Labeón, Servio, Ofilio, Alfeno Varo y otros jurisconsultos contemporáneos de Cicerón.
Esos estudios versaron sobre el derecho marítimo de la isla de Rodas que era habitada por un pueblo heleno. Según algunos existieron desde 400 y según otros desde 900 años a. de C., lo que queda fuera de dudas es que alcanzaron tal perfección  que el emperador romano Antonino declaró que así como a él le correspondía el imperio sobre la tierra, a la ley Rodia le incumbía el del mar, por tal razón fueron incorporadas al derecho romano en el Digesto, Libro XVI, Título "De lege Rhodia de iactu" 
Este grupo de leyes formaba un cuerpo legal no muy extenso que reglamentó algunas instituciones, pero como se dijo supra, principalmente la avería gruesa. Hay que señalar que existe entredicho, de un lado, sobre si fueron verdaderas y propias leyes existentes y que regían en la isla de Rodas, como opina Pardessus, o si se trata de costumbres marítimas que paulatinamente fueron recogiéndose y acrecentándose, como sostiene Meyer.
 Nos parece que es preferible la primera opinión, pues hay evidencias de que tales normas tuvieron existencia real como leyes en la isla de Rodas y que extendieron paulatinamente su autoridad a otros lugares, del mismo modo como frecuentemente ocurrió con algunas otras compilaciones. De otro lado, se debe evitar la confusión de considerar entre el antiguo cuerpo de leyes Rodias, al que nos hemos referido en los parágrafo anteriores, con una compilación que fue titulada de ese modo y descubierta en el siglo XVI -aunque los manuscritos más antiguos que la integran datan del siglo XI- a la cual le niegan autenticidad autores de gran nivel y seriedad como Antonio Agustín Heinecio, Gravina, Azuni y Pardessus. Sin embargo, es posible que las leyes que integran esta compilación respondan a una tradición antigua e incluyan reminiscencias de lo que fue en otro tiempo el derecho marítimo de la isla de Rodas.

  • 3).-Los cartagineses.

A la caída de Tito, la ciudad de Cartago, heredo el papel de metrópolis que tenia Tiro con respecto a las colonias fenicias de occidente.
La época de mayor presencia púnica en la península Ibérica transcurre durante los siglos IX y III a. C. El pueblo cartaginés sustituyó a los comerciantes fenicios y se instalaron en las factorías comerciales costeras mediterráneas desde las que controlaban los productos del interior, principalmente las minas de Cástulo (Linares), mientras que dejaban su influencia sobre las culturas ibéricas. Existen abundantes cerámicas, objetos funerarios y restos de la influencia cultural cartaginesa, como el culto a la diosa Tania y a otras divinidades púnicas en los antiguos asentamientos fenicios, sobre todo en Baria (Almería) y en Gades.
Según las fuentes clásicas, el general cartaginés Asdrúbal el Bello en el año 227 a C. fundó la ciudad de Qart Hadasht, actual Cartagena, posiblemente sobre un anterior asentamiento tartésico denominado (Mastia Tarseion). Cartagena fue amurallada y reurbanizada y se convirtió en la principal base púnica de la Península Ibérica.
Además cabe destacar la colonia de Ebusus (Ibiza), enclave estratégico para el dominio naval de Cartago en el Mediterráneo occidental.
La influencia cultural que pudo ejercer Cartago en la Península parece escasa. Es posible que interviniesen en los alfabetos tartesio e ibero, y ciertas mejoras en la industria o en el cultivo.

Romanos.

Roma cuando expandió sus dominios en mar mediterráneo, les quito el comercio y su influencia a los fenicios, cartagineses, y  griegos. Después de guerra punica derroto a Cartago e inicio la conquista de península ibérica.

Parte II
Caracteres y fuentes de conocimiento del derecho prerromano.

(i).-El derecho prerromano en península ibérica.

El derecho prerromano de Hiberia  se caracteriza por:
  • 1).-Ámbito cerrado y personalista. 
Se aplica en grupos sociales cerrados, a los que sólo se accede por nacimiento. 
  • 2).-Creación del derecho de forma popular y por tanto consuetudinariamente (no escrito), basado en la costumbre. 
  • 3).-Es un derecho que mezcla lo religioso con lo estrictamente jurídico.
Las fuentes de conocimiento son los medios materiales de que nos servimos para conocer el derecho de estos pueblos primitivos. 

El derecho se crea en tres fases: 

  • 1)-. Fase primitiva: 
El derecho viene dado por los dioses. Algo es bueno o malo si es bueno o malo para los dioses.
  • 2)-. Fase: 
El derecho es propio de la voluntad del hombre, aunque también con influencias divinas.
  • 3)- Fase: 
Se utiliza la ley escrita como forma de expresión de lo jurídico y del poder de un príncipe con poder absoluto. Normalmente suele ser una ley despótica.

Las fuentes del derecho pueden ser de dos tipos:

  • A).-Fuentes directas.
No hay leyes escritas (no se conservan) de los pueblos prerromanos. Hubo pueblos que tuvieron las características necesarias para tener leyes escritas, como Tartesos (Se dice que tenían 6.000 leyes escritas en verso), pero no se conservan.

  • B).-Fuentes indirectas.
Todo el derecho prerromano que conocemos es a través de ellas. 

Estas fuentes son:

a) Los escritores griegos y latinos nos dan información acerca de los modos de organización de estos pueblos. Destacan los escritores griegos Diodoro y Apiano; y los latinos Julio Cesar, Tito Livio y Plinio.

b).-Los restos arqueológicos, como por ejemplo tablas de bronce escritas (tesseras), en las que se recogen pactos entre distintas comunidades. 

Ej. Tabla de Astorga, Tabla de Castromao, etc.

Se suelen utilizar dos métodos de conocimiento:
a)-Comparativo.
Se compara una forma de vida antigua con una actual.
b).-Supervivencias.
Se trata en conocer una cultura a través de los elementos que han sobrevivido al paso del tiempo.
Ejemplo de instituciones jurídicas de pueblo celtaiberica.
  • 1º.-Hospitium.
El hospitium (hospicio) o pacto de hospitalidad permitía adquirir los derechos de un grupo gentilicio a otros grupos o individuos. No se trataba de un acto de adopción; las partes actuantes contraían derechos mutuos sin que la personalidad propia se perdiera. Los contrayentes del hospitium se convertían en huéspedes (hospites) mutuos y el pacto de hospitalidad se solía acordar en un documento denominado tésera de hospitalidad. Estas téseras son láminas de metal recortado, en muchas de ellas figurando dos manos entrelazadas o la silueta de animales, que quizá tenían un significado religioso. 
Se supone que el hospitium, inicialmente, se acordaba en plano de igualdad, pero al surgir diferencias económicas, se iría pasando a un estado de dependencia.
 De entre los pactos de hospitalidad descubiertos, el más famoso es el Bronce de Luzaga, que registra un hospitium entre las ciudades de Arecoratas y Lutia, al que probablemente se sumaban las gentilitates Belaiocum y Caricon.
  • 2º.-Clientela.
Clientelismo es un sistema de protección y amparo con que los poderosos patrocinan a quienes se acogen a ellos a cambio de su sumisión y de sus servicios. El cliente es protegido y patrono el protector.
Las clientelas consisten en comitivas constituidas en torno a los individuos más importantes de una comunidad tribal. La relación entre estos individuos, generalmente aristócratas y sus seguidores, era una relación contractual basada en la desigualdad de riqueza y posición social de ambas partes; el jefe normalmente debía alimentación y vestido a sus seguidores, mientras que éstos le debían apoyo incondicional. Estas clientelas frecuentemente tenían un carácter militar.
  • 3º.-La institución de la Devotio ibérica.
La devotio ibérica era una forma especial de clientela militar existente en la sociedad ibera prerromana. Se trataba de vincularse por una doble vertiente:
Por un lado, los clientes o “devoti”, consagraban su vida a su rey o jefe, al que tenían la obligación de proteger en el combate, a cambio de su protección, mantenimiento y un mayor status social, ya que el jefe pertenecía a la clase dominante, y esto se reflejaba en sus clientes. 
La otra vertiente, es la divina. Los clientes, consagraban su vida a una divinidad para que se dignase a aceptarla en el combate a cambio de la salvación de su jefe; por ello, debían protegerle con sus armas y su cuerpo aun a costa de su vida. De ahí, que los devoti, estuviesen obligados a suicidarse en caso de que su jefe muriera, ya que sus vidas eran ilícitas al no haber sido aceptadas en trueque por la divinidad. 
Cabe destacar que este vínculo se perfecciona con un juramento a la diosa Tanit, la más importante de las diosas de la mitología cartaginesa. El ibero realiza la devotio ibérica a cualquier individuo, de ahí que esta institución tenga un carácter disociador, dado que no integra una conciencia de unión a modo o similitud del concepto de patria. Más tarde los romanos la integrarán condicionándola, y aprovechándose a su conveniencia de este cometido. 
Los que formaban el séquito de un caudillo deben permanecer con él en el caso de que éste muera. A esta suprema fidelidad llaman consagración o devoción
Plutarco, Sertorio, 14.

Algunos pueblos celtíberos también respetaban esta institución, y otros pueblos tenían un tipo de clientela parecida: los galos la “soldurii” y los germanos la “comitatus”, aunque en esta no existía el juramento ante los dioses.
La “devotio” se complementaba con otros pactos llamados de “hospitium”: mediante estos, una persona o un grupo, se integraba en otro. La relación subsiguiente era en plan de igualdad, sin la estrecha vinculación de la “devotio.”
Esta práctica estaba muy extendida, y no sólo se usaba entre miembros del mismo pueblo: según historiadores clásicos (Tito Livio y Plutarco entre otros), los generales romanos que fueron a la Península, utilizaron escoltas formadas por devoti. 
Para estos militares, la devotio tenía ventajas sobre la clientela romana: el juramento a los dioses obligaba al cliente con más fuerza, aunque era una fidelidad interesada como la de Sagunto a Roma o la de los edetanos a Escipión. Es probable que las defensas de ciudades como Numancia o Sagunto, y la resistencia que mostraban los guerreros frente a los romanos tuviese como fondo la “devotio”, que impedía su rendición sin órdenes directas de su jefe.
 Diversas fuentes incitan a pensar la posibilidad de que la “devotio ibérica” desempeñara un papel importante en los orígenes del culto al emperador, ya que Q. Cecilio Metelo, durante La Guerra Sertoriana, recibió honores divinos de los indígenas en Córdoba; y al general romano le recibían en las ciudades con sacrificios y altares.
Cabe destacar un caso muy probable de “devotio” ibérica, se trata del asedio y destrucción de Calagurris (Calahorra) a la muerte de Sertorio:
«La macabra obstinación de los numantinos fue superada en un caso semejante por la execrable impiedad de los habitantes de Calagurris, los cuales, para ser por más tiempo fieles a las cenizas del difunto Sertorio, frustraron el asedio de Gneo Pompeyo. En vista de que no quedaba ya ningún animal en la ciudad, convirtieron en nefanda comida a sus mujeres e hijos y para que su juventud en armas pudiese alimentarse por más tiempo de sus propias vísceras, no dudaron en poner en sal los infelices restos de los cadáveres».
Roma utilizó esta institución, al igual que el hospitium y otras, respetándolas primero y modificándolas conforme a sus intereses después.

Ritual de la devotio ibérica.

El ritual de la “devotio ibérica” era el mismo que en el caso de la clientela: la presentación del cliente al patrono, reconocerle como jefe, y la aceptación de dicha persona. Es posible que existiera una ceremonia especial, con un sacrificio ritual, del que quedarían vestigios en el juramento de Ampudio; quizás se tratara de un sacrificio humano y el de su caballo, ya que con ambos se refrendaban los pactos. 
La “devotio ibérica” es una institución típica de Celtiberia. Su aparición en Aquitania se puede explicar por influjo hispano. Esta práctica decae a comienzos del Imperio romano.
En Roma la “devotio ibérica” fue bien acogida, hay noticias que el emperador Octavio ciando el senado romano otorgo titulo de “Augusto”, muchos partidarios de Octavio juraron con de “devotio ibérica” a él.

Derecho griego traído a hispania.

Ley echazón.

En el Digesto Justinianeo (Lib. XIV, T. II, I, Pr. II) se recoge un uso practicado alrededor del siglo IX a. de C. (Paulus; Sententiarum; libro II), por los navegantes de la isla de Rodas, por el que todos los participantes en una expedición marítima debían contribuir a reparar los daños por echazón de la carga, realizados para salvar la aventura marítima. 

Préstamo a gruesa ventura.

No existe, hasta el Derecho Romano, documento fehaciente al que se pueda atribuir el origen de la avería gruesa, si bien todos los autores aceptan que esta institución era práctica conocida por tirios, fenicios y cartagineses. 
El préstamo a la gruesa ventura (del latín nauticum Fœnus) es una variante del contrato de mutuo, que consiste en que el prestamista entrega dinero u otros bienes fungibles a un naviero para realizar transporte marítimo, obligándose el naviero a pagar al prestamista el precio del riesgo (pretium periculi) si el viaje concluía en feliz arribo a puerto, en caso contrario, si el barco naufraga o no llega a puerto, nada debe el naviero al mutuante (perdiendo capital e intereses).
A la inversa de lo que ocurre en un mutuo ordinario, los riesgos son de cargo del mutuante (prestamista), pero sólo desde que empieza hasta que termina la travesía. Antes y después se aplican las reglas del mutuo común.
Los griegos inventaron este sistema de préstamo, pasando a Roma con el nombre de nauticum fœnus (nauticvm: de la navegación y “foenus”: interés del dinero prestado).
El caso más famoso de préstamo a la gruesa ventura es el que fue estipulado entre Isabel la Católica y Cristóbal Colón en las Capitulaciones de Santa Fe.
En esta institución radica uno de los antecedentes del actual contrato de seguro.

(ii).-La estructura de la sociedad política pre-romana.

Los grupos sociales tenían carácter gentilicio, la célula de la sociedad prerromana es lo que los romanos llamaron gentilitas. Estas gentilitas son agrupaciones familiares de descendientes de un tronco común. Un grupo de familias es la gens. Todos estos grupos son cerrados y personalistas.
Los pactos de hospitalidad eran pactos que se daban entre dos grupos gentilicios, por los cuales se extendían recíprocamente una protección jurídica. Las tesseras recogían estos pactos de hospitalidad.
Los pactos de clientela eran semejantes a los anteriores. Un grupo gentilicio acoge a un cliente (grupo o individuo), que ofrece un determinado servicio a esa comunidad y el grupo le da servicio jurídico, le alimenta, etc. Normalmente el servicio prestado por el cliente es de carácter militar.




ANEXO




Magistratura (Antigua Roma)






Una magistratura, en la Antigua Roma, fue un cargo y conjunto de atribuciones con las cuales se investía a un ciudadano para que desempeñara determinadas funciones relacionadas con la administración y dirección política de la ciudad.
En la República romana, finalizada la monarquía (año 509 a. C.), el lugar del rey fue ocupado por dos magistrados a los que se llamó primero pretores y luego cónsules.​ Según la tradición romana, la aristocracia, para evitar los abusos en que habían incurrido los antiguos reyes, estableció una serie de medidas limitantes al poder de los nuevos oficiales. Así, se dispuso que cada uno tuviera voto sobre las decisiones del otro (intercessio); que gobernaran solo por un año; que las penas o castigos que impusieran pudieran ser apeladas ante las asambleas del pueblo (provocatio ad populum) y que, una vez terminado su mandato, fueran responsables por los actos contrarios a la ley que hubiesen podido cometer en el cargo.
Con el tiempo, las funciones de los cónsules se disgregaron en una serie de nuevas magistraturas, a saber: la cuestura (447 a. C.); la censura (443 a. C.); la pretura urbana (367 a. C.); la edilidad (365 a. C.), y la pretura peregrina (242 a. C.). Todas ellas compartían las características de ser colegiadas, temporales y responsables.
Dichas magistraturas constituían el gobierno regular de la ciudad y por ello eran llamadas ordinarias. Frente a ellas, atendiendo la necesidad de contar con una conducción unitaria y firme para los períodos de crisis, se creó la dictadura (en torno al año 500 a. C.), la cual fue incorporada a la constitución republicana con el carácter de magistratura extraordinaria. Otras magistraturas de igual carácter, pero de existencia restringida a determinados períodos de la República, fueron: el decenvirato y el triunvirato.

Magistraturas ordinarias

Las magistraturas ordinarias eran las que regían en tiempos de normalidad. Se accedía a ellas de acuerdo al cursus honorum, cuya forma definitiva quedó establecida, en el año 180 a. C., por la ley Villia annalis. En orden jerárquico descendente, eran:
  • El consulado
  • La censura
  • La pretura
  • La edilidad
  • La cuestura
Eran características comunes de las magistraturas ordinarias:

La colegialidad: Eran ejercidas, a la vez, por más de una persona (dos, por regla general). Cada una de las cuales tenía la facultad de vetar (intercessio) las decisiones de la otra; facultad negativa, ya que solo implicaba paralizar la actividad del colega, en ningún caso reemplazar o modificar sus decisiones.

La electividad: Su ejercicio implicaba la previa elección del magistrado por parte de los comicios centuriados, en el caso de los magistrados mayores (censores, cónsules y pretores), o de los comicios tribunados, tratándose de magistrados menores (ediles y cuestores).

La gratuidad: Eran ejercidas gratuitamente; por el solo honor que implicaba desempeñar el cargo (ad honorem).

La temporalidad: Su ejercicio estaba limitado en el tiempo. Por regla general, duraban un año; en el caso de la censura, 16 meses. No era posible la reelección inmediata (iteratio), salvo, también, en el caso de la censura.

La gradualidad: En su conjunto, formaban un sistema jerárquico determinado por el mayor o menor poder (potestas) que la constitución les otorgaba a cada una. En razón del grado, el magistrado superior podía vetar las decisiones del inferior. Además, tal jerarquía, determinaba el curso que debía seguir la carrera del político romano (véase cursus honorum)

La responsabilidad: Su ejercicio implicaba, para su poseedor, responder por las infracciones a las leyes que hubiese podido cometer en el cargo. Los magistrados mayores respondían al terminar su mandato; los menores, durante el ejercicio del mismo.

Los requisitos para ocupar el cargo de magistrado fueron distintos según la época. En un principio, se requería pertenecer al orden patricio. Solo gradualmente los plebeyos lograron ser admitidos al ejercicio de las diferentes magistraturas. Proceso que culminó cuando, en virtud de las leyes Licinias (año 367 a. C.), se estableció que una de las plazas para el consulado debía ser ocupada necesariamente por un plebeyo.

En el año 180 a. C., la ley Villia annalis estableció que debía trascurrir un tiempo mínimo de dos años para pasar de una magistratura a otra y diez años para volver a ejercer el consulado. También señaló la edad mínima para desempeñar el consulado (42 años), la pretura (39 años) y la edilidad (36 años).

Como paso previo al ejercicio de las magistraturas, todo aspirante a seguir una carrera política debía entrenarse en alguno de los veintiséis cargos menores que comprendía el vigintisexvirato. Por otra parte, era requisito para integrar el senado que se hubiera desempeñado alguna magistratura. Los exmagistrados con imperium (pretores y cónsules) quedaban habilitados para ser designados por el senado para el gobierno de una provincia, en calidad de procónsules o propretores.

Las magistraturas ordinarias eran mayores (magistratus maiores) y menores (magistratus minores), según la elección del magistrado dependiera, respectivamente, de los comicios centuriados o de los comicios tribunados. Magistraturas mayores eran: el consulado, la pretura y la censura ; menores: la edilidad y la cuestura.

Magistraturas ordinarias mayores.

El consulado.

Se denominó consulado a la magistratura romana que sustituyó a la monarquía al frente del Estado. Se ocupaban de ejecutar leyes y tomar las decisiones más importantes (véase República romana). Cada año se elegían dos cónsules.

Progresivamente va perdiendo atribuciones: primero algunas facultades judiciales civiles y criminales (delegadas en cuestores o decenviros nombrados en cada caso); después sus decisiones debieron ser refrendadas por el Senado; después perdió la administración del Tesoro (en favor de los cuestores) y la de los archivos públicos; después perdió el control de las arcas del ejército (en favor de los Cuestores Militares); más tarde perdió sus funciones de censor (en favor de los censores) y de nombrar las vacantes del Senado (también atribuidas a los Censores); después perdió la facultad de nombrar Cuestores (que pasó a los comicios tribunados); luego perdió otras atribuciones judiciales (en favor del pretor); después las competencias sobre fiestas, policía y mercados (en favor de los ediles curules), y también la facultad de nombrar dictador (que pasó al Senado). Al final solo conservaba algunas funciones menores, el poder ejecutivo de las leyes y el mando del Ejército.

La pretura.

Los pretores eran los encargados de presidir los tribunales, durante un año, aunque finalizado ese tiempo podían convertirse en propretores y gobernar otro año sobre unos territorios determinados. Eran ocho, y podían considerarse los ayudantes de los cónsules. Se encargaba de realizar los juicios, y aplicar los castigos a los culpables.
El cónsul perdió las funciones judiciales civiles en favor de un magistrado curul designado como Pretor, por plazo de un año, que poseía el imperium y figuraba entre los magistrados de mayor jerarquía. Su nombramiento recayó en los Comicios Centuriados y con el mismo ceremonial religioso que se usaba para la elección del cónsul. La insignia de su cargo era la toga pretexta. Al Pretor correspondían además las funciones consulares cuando los cónsules estaban ausentes.
El pretor era patricio hasta el 337 a. C. en que pudieron acceder a la pretura los plebeyos.] Progresivamente los plebeyos ostentaron la magistratura en la mayoría de las ocasiones.
El pretor de Roma dividió sus funciones a partir del 242 a. C.: el Praetor Urbanus se ocupó de las cuestiones de los ciudadanos; y el Praetor Peregrinus de las cuestiones suscitadas entre ciudadanos romanos y no ciudadanos. La división de funciones fue necesaria por el incremento de las causas.

La censura.

Las funciones del censor estaban inicialmente confiadas al cónsul, que podía delegarlas. Se ejercían cada cinco años y al terminar se realizaba un ritual de purificación con varios sacrificios llamado lustro. Después, se crearon los dos censores, elegidos cada cinco años de entre los senadores que habían desempeñado el consulado, constituyendo esta magistratura la culminación de su carrera o cursus honorum. Sus competencias consistían en revisar la lista de ciudadanos, la del Senado, y decidir qué obras públicas iban a ser costeadas por la República en los siguientes cinco años. Sus tareas se realizaban durante 18 meses, y terminaban con la realización de la ceremonia lustral ya reseñada, cesando inmediatamente después en el cargo.

Magistraturas ordinarias menores.

La edilidad.

Los ediles eran magistrados menores sin imperio. Originalmente se crearon, al margen de la constitución romana, ediles plebeyos como asistentes del tribuno de la plebe. En el año 367 a. C. se estableció el edil curul, como magistrado constitucional patricio. Al tiempo, se reconocería constitucionalidad a los ediles plebeyos. Dada la igualdad de funciones, los ediles curules y plebeyos terminaron confundiéndose en una sola magistratura. Tales funciones eran: cuidar el orden público (cura urbis); organizar juegos y fiestas públicas (cura ludorum); vigilar el orden y resolver las controversias que pudieran presentarse en los mercados (cura annonae). Se ocupaban de administrar las ciudades Romanas.

La cuestura.

Los primeros cuestores fueron jueces encargados de los casos de asesinato de alta traición. Con el tiempo su denominación más común fue Decemviri Perduellionis et parricidii. Eran nombrados para cada caso y no constituían una magistratura permanente.
A fines del siglo III a. C. los Decemviri o Cuestores perdieron sus atribuciones judiciales que pasaron a los Triunviri nocturni.
Simultáneamente a estos Cuestores judiciales existieron los Cuestores administrativos, en los que el rey delegaba la administración de los fondos públicos. Con la república sus funciones pasaron a los cónsules, que las delegaron en dos cuestores civiles (para el Tesoro público) y dos cuestores militares (para las arcas del Ejército). Más tarde su nombramiento pasó a los comicios tribunados.

Magistraturas extraordinarias.

Las magistraturas extraordinarias eran aquellas que regían en períodos de anormalidad provocados ya fuera por causas externas (por ejemplo: una guerra que pusiera en peligro la existencia de Roma) o internas (por ejemplo: una conjuración que pusiera en peligro las instituciones republicanas). Eran, en orden de aparición histórica:

La dictadura, que involucraba el nombramiento de un dictador el cual, a su vez, designaba a un magister equitum.

El decenvirato. 

Una magistratura extraordinaria creada en el siglo V a. C. y que dispone de poder consular, reemplazando al colegio de cónsules. Su función fue la de redactar las leyes (la Ley de las XII Tablas) y su abolición (tras solo dos años de funcionamiento) permitió el regreso de los cónsules al gobierno.

El triunvirato. 

Era un gobierno de tres personas, generalmente aliadas entre sí. Si bien se discute su calidad de magistratura.

La dictadura
 
La dictadura era en la Antigua Roma el gobierno extraordinario que confería a una persona, el dictador, una autoridad suprema en los momentos difíciles, especialmente en los casos de guerra;​ la dictadura nació, al parecer, a propuesta de Tito Larcio, quien fue además el primero en ejercer el cargo. El dictador era nombrado por uno de los cónsules en virtud de una orden del Senado que tenía la potestad de determinar cuándo era necesario el nombramiento y quién debía ocupar el cargo. Dicho cargo tenía una duración de 6 meses. En un principio, solo los patricios podían ser nombrados dictadores, pero en el año 356 a. C. se les reconoció ese mismo derecho a los plebeyos.

Poderes de los magistrados

  • Potestas: capacidad de mando inherente al cargo que capacita para dar órdenes. Sus elementos: Intercessio: oposición a la decisión de un colega, veto.
  • Nombramiento de funcionarios.
  • Derecho a representar a la República ante un particular como en una firma.
  • Auspicium: derecho de buscar la aprobación de los dioses. Obligatoriedad de consultar los auspicios en nombramientos, en guerra y comicios.
  • Imperium: dos clases, el militar que ejercen los magistrados fuera de la ciudad; comprende la administración de los territorios conquistados, convocar al ejército y acuñar moneda para el ejército. El imperium domi es el que se ejerce dentro de la ciudad, cuyo atributo principal es el derecho a la coacción: derecho a actuar de forma ejecutiva y judicial si un subordinado no acataba las órdenes.
  • Iurisdictio: poder para intervenir en asuntos judiciales.
FASCES 




Las fasces (en  latín fasces lictoriae  era, en la Antigua Roma , el arma que portaban los lictores , que consistía en un haz de palos de madera atados con tiras de cuero , normalmente alrededor de un hacha, para representar el poder de vida o muerte.
Más tarde se convirtió en un símbolo de mayor poder y autoridad, el imperium , y tomó la forma típica de un haz cilíndrico de varas de abedul blanco que simbolizaban el poder de castigar, atadas entre sí con cintas de cuero rojo (en  latín fasces ), símbolos de soberanía y unión, a las que a veces se fijaba un hacha de bronce .

Emperador : originalmente 12 lictores, después de Domiciano 24.

Dictador : 24 lictores fuera del Pomerio y 12 dentro. Esta regla dejó de respetarse a partir de la dictadura de Sila.

Cónsul : 12 lictores (tantos como el antiguo Rex ).

Procónsul : 11 lictores.

Magister equitum : 6 lictores.

Pretor : 6 lictores, 2 dentro del Pomerium .

Pro-Pretor : 5 lictores.

Edil curul : 2 lictores.

Cuestor : 1 lictor.



Gens



(lat; pronunc corriente, /gens/ o /χens/; pl normal, invar)

(hist) En la antigua Roma: Conjunto de familias que se consideraban descendientes de un antepasado común.

La gens era una agrupación civil o sistema social de la antigua Roma y de Grecia. Cada gens comprendía a varias familias que se identificaban a través del cognomen de los individuos, por lo que sus integrantes eran agnados o gentiles entre sí y estaban dirigidos por varios pater familias. En este sentido, la gentilidad era sobre todo un título de nobleza que daba fe de la antigüedad e ingenuidad​ del grupo, algo en principio exclusivo de las familias patricias.

Historia

La gens fue la organización social que precedió en Roma la constitución del estado-ciudad. La gens podría definirse como un conjunto de familias que descendían o creían descender de un antepasado común vinculadas por un parentesco más o menos lejano, que tenían sus divinidades, sus costumbres y su territorio.

La gens constituye una asociación religiosa, política y económica; cada gens tenía su propia divinidad protectora, sus costumbres particulares, vigilando la gens para que estos mores sean respetados pudiendo excluir del grupo mediante la notae gentiliciae a quien contraviniere dichas normas. Todos los componentes de una misma gens tienen sepultura común. El interés económico es común a toda la gens, determinado por la permanencia en un mismo territorio que la gens cultiva en común. Cada gens tuvo un jefe que mandaba sobre los demás miembros, y el cual gobierna la familia tanto en el orden político-social como en el religioso.

Las familias que formaban la gens son organismos más reducidos, pero de naturaleza semejante. Ambas son instituciones fundadas con miras del orden y la defensa de los grupos primitivos, de donde proviene su carácter político y económico. Podemos decir que lo que distingue a los dos grupos, gens y familia, no es propiamente su función sino su extensión. En Roma, el vínculo que fundamenta y organiza la familia no es únicamente el de sangre pues la familia comprende además del padre, de la madre y de los hijos, a los nietos nacidos en la familia, a los adoptados, a los prisioneros por deudas, a los prisioneros de guerra, a los hijos de estos, a los clientes (que estaban constituidos por huéspedes pobres, por individuos expulsados de otras gens, por esclavos libertados, por extranjeros vencidos, los cuales piden y obtienen protección por parte del grupo), a los animales, al fundo y por último a los dioses tutelares y protectores del hogar. Todas estas personas se encuentran sometidas a la autoridad de un jefe (pater familias).

El pater familias era sacerdote, juez y rey dentro de su propia familia. Como sacerdote tenía a su cargo el culto al lar familiar (espíritu que cuida a la familia). La autoridad del padre (patria potestad) era absoluta. Tenía derecho de vida y muerte sobre las personas que estaban sometidas a él. Este poder lo ejercitaba sobre todo el grupo de personas que constituía la familia, esposa, hijos, esclavos, clientes, campo familiar. El pater familias era el único sui-iuris, o sea, el único que no estaba sometido a la potestad de otro, mientras que los demás estaban en estrecha relación de dependencia con respecto a él, de la que no podrían salir sino con la muerte del pater familias. Esta emancipaba a los hijos varones, mientras las mujeres pasaban a depender del varón más cercano.

La gens era un cuerpo jurídico perfectamente organizado reinando entre sus miembros un espíritu de solidaridad y de asistencia mutua. Se llega a ser gentil o miembro de la gens de la misma manera en que se llega a ser miembro de un Estado, es decir, por nacimiento de padre gentil o por agregación directa de la gens, mediante el voto de los gentiles. La gens sobrevivió en la época antigua, aun cuando su organización se debilitaba cada vez más, sobre todo porque las familias que las formaban se iban poniendo en contacto directo con la ciudad, conjuntamente con las nuevas familias plebeyas que no estaban organizadas en gens. La ciudad fue así, poco a poco, minando los cimientos de la gens sustituyéndola en las funciones de orden y defensa correspondientes al Estado. La familia, en cambio no corrió la misma suerte, no sufrió la absorción que experimentó la gens por la ciudad. Esta supervivencia de la familia con su primitivo carácter político perdura durante varios siglos y lentamente la autoridad severa y suprema del pater familias va siendo remplazada por el derecho y la autoridad del Estado.

Las Gens más destacadas

La Gens Julia, en la que destaca tanto el líder militar Julio César, como su hijo adoptivo Augusto(Octavio), que fue el primer emperador de Roma.

La Gens Claudia, donde destacan tanto Claudio que fue emperador desde el 41 hasta el 54 d.c y Nerón, que gobernó desde el 54 hasta el 68 d.c y fue recordado por su gran tiranía e incendio de Roma.

La Gens Cornelia, con Sila como máximo exponente, que fue un general y dictador romano.

La Gens Antonina, con Marco Antonio como uno de sus máximos exponentes.

Además destacan otras como la Gens Valeria o la Gens Flavia.




¿Cuál es el origen de Roma?




Los expertos aún no han llegado a un acuerdo a la hora de datar la fundación de Roma ni de determinar las circunstancias en que esta se produjo.

Daniel Martorell
31/08/2019

La historia legendaria de Roma comienza en Troya. O al menos así es como los padres romanos explicaban a sus hijos el origen de la patria. Y es así como inician sus historias romanas Tito Livio y Dionisio de Halicarnaso, tomando como referente la leyenda.
Junto al poeta Virgilio, ambos autores constituyen las principales fuentes para conocer el nacimiento de la ciudad, que ellos describen más o menos de este modo: durante la guerra de Troya, un joven llamado Eneas logró escapar de la furia de Aquiles y Ulises ayudado por su madre, la diosa Venus. Fue a desembarcar en Italia, en la región del Lacio, donde desposó a la hija de un monarca y fundó un reino.
Ocho generaciones más tarde, una de las descendientes de Eneas, Rea Silvia, mantuvo una furtiva relación amorosa con el dios Marte. De aquel encuentro nacieron dos gemelos: Rómulo y Remo. El tío de Rea Silvia, el rey Amulio, se encolerizó al oír la noticia. No quería que nadie amenazara el trono de Alba Longa, que había usurpado.
Así que mandó abandonar a los legítimos herederos en una cesta entre las corrientes del río con la intención de que muriesen ahogados. Pero el canasto quedó varado en uno de los recodos del Tíber y, al oír los llantos, una loba halló a los niños y los amamantó. Los hermanos crecieron y se vengaron matando a Amulio, para regresar luego al lugar que les vio renacer. En aquel recodo del río donde la cesta fue a encallar, Rómulo y Remo fundaron Roma el 21 de abril de 753 a. C.

Orígenes misteriosos

El periplo de Eneas y la historia de Rómulo y Remo son simples leyendas. No existe ningún indicio histórico que los sustente. Pero estos tampoco son muchos. Los restos arqueológicos hallados hasta ahora son tan valiosos como escasos y solo dibujan un panorama fragmentario. Así pues, no sorprende que coexistan multitud de interpretaciones divergentes sobre la fundación de Roma.
Expertos como el británico T. J. Cornell refieren lo que los testimonios arqueológicos disponibles dan a entender. La fecha tradicional de la fundación de la ciudad, situada a mediados del siglo VIII a. C., no debería tomarse demasiado en serio. Los restos indican que el lugar estuvo ocupado varios siglos antes de la fecha considerada tradicionalmente como la de fundación de Roma.

Por otra parte, hasta mediados del VII a. C., más de un siglo después de esa fecha tradicional, no puede hablarse de una urbanización decisiva, que es la que definiría la fundación de la ciudad-estado. La zona comprendida entre la bahía de Nápoles y la desembocadura del Tíber estaba poblada por los latinos, una de las tribus itálicas.

La mayor y más poderosa de aquellas poblaciones era Alba Longa –la que aparece en la leyenda–, y quizá fueran un puñado de jóvenes de este lugar quienes decidieran emigrar rumbo al norte. Tal vez se unieron a ellos expedicionarios de la tribu de los sabinos, pueblo de la misma sangre y origen que el latino. Se establecieron a una veintena de kilómetros de la desembocadura del Tíber.

La arqueología no puede proporcionar demasiados detalles sobre cómo se organizaban socialmente los primeros romanos.
Al parecer, latinos y sabinos ya encontraron una pequeña colonia etrusca establecida en el lugar elegido. Lo más probable es que funcionara como punto de avituallamiento para sus embarcaciones comerciales. Mientras, latinos y sabinos comenzaron a construir sus chozas de barro y ramaje sobre la cima del Palatino, a salvo de las crecidas del río. Compartían lengua, costumbres religiosas y, posiblemente, mujeres. Tras el Palatino, fueron progresivamente poblando las colinas del Esquilino y el Quirinal.

¿Por qué aquella aldea formada por latinos, sabinos y etruscos prosperó? 

Pudo no haberlo hecho. Pudo desaparecer a consecuencia de enfrentamientos entre los tres pueblos. Pero no fue así. La arqueología no puede proporcionar demasiados detalles sobre cómo se organizaban socialmente los primeros romanos. Según la tradición, la ciudad fue dividida en tres tribus: la latina, la sabina y la etrusca.
A cada tribu correspondían diez curias, o barrios. Y cada una de estas curias la formaba un grupo de diez clanes, o gentes (cada gens estaba identificada con un antepasado común). Varias familias formaban una misma gens, y a la cabeza de cada familia estaba el paterfamilias, o jefe de la casa. Llegamos así a la base de la sociedad romana, que no era el individuo, sino la familia, y por extensión, su jefe.
Los romanos profesaban una absoluta devoción por sus antepasados, y la figura del paterfamilias era respetadísima. Ejercía un poder absoluto (la patria potestas) sobre la esposa, los hermanos menores, los hijos y los siervos. Incluso el derecho de vida o muerte.

El segundo paso fue crear los comicios curiados: una asamblea representativa donde, dos veces al año, tomaban parte las curias para discutir cualquier aspecto de la comunidad. Todos tenían igual derecho de voto. La mayoría decidía. Y a ello también contribuía la figura del rey, un monarca campesino, guerrero y sacerdote a la vez.

Un rey campesino.

Una de las máximas preocupaciones de los romanos de aquel tiempo era no enfadar a sus dioses. Para mantener la pax deorum (el favor de los dioses) contaban con infinidad de ritos. Pero si alguien podía hacer de puente entre los mortales y los seres divinos ese era el rex. A él se le atribuían poderes especiales, inalcanzables para el resto de ciudadanos.
Y pese a su poder tanto en los ámbitos civiles como en los militares (legislador, administrador, juez supremo...), no dejaba de ser otra cosa que un “delegado” del pueblo. Debemos imaginar a los primeros reyes romanos no como seres supremos, sino más bien como simples paterfamiliae, con una cierta autoridad para leer los auspicios divinos (los mensajes que los dioses lanzaban a través de los pájaros, las nubes, las tormentas...) y que tras servir a la comunidad se dedicaba al arado y la siembra.
Cuando la población aumentó, se hizo imprescindible que alguien echase una mano al monarca. Y así nació el Senado, un consejo de los ancianos formado por los cien paterfamiliae más importantes, cuya misión pasaba por aconsejar al soberano (aunque después se volvieron más influyentes).
Se promovió también un ejército estable: cada una de las treinta curias proporcionaría cien infantes (una centuria) y diez hombres a caballo (una decuria), para armar el primer cuerpo militar de Roma –la legión– con un total de 3.300 hombres.

De aldea a pequeño imperio.

Cuando los romanos antiguos hablaban del origen de su patria, lo hacían resaltando únicamente las hazañas de los cuatro primeros reyes, Rómulo, Numa Pompilio, Tulio Hostilio y Anco Marcio. A los tres posteriores (Tarquino Prisco, Servio Tulio y Tarquino el Soberbio) los repudiaban por su origen etrusco. Sin embargo, fue solo con la llegada de la monarquía etrusca cuando la ciudad adquirió su carácter definitivo de urbs romana.

La burguesía etrusca aumentaba sus arcas gracias a los negocios que el rey le proporcionaba cada vez que entraba en guerra.

Bajo los cuatro primeros reyes, los romanos crecieron ganando terrenos a sus vecinos del este (sabinos), del norte (etruscos) y del sur (latinos). Todo en Roma seguía siendo eminentemente rural. Y siguió así hasta que la cultura etrusca supo hacerse un hueco en el desconfiado cuerpo del Senado. Las guerras con pueblos vecinos habían estimulado la industria, y en ese campo los etruscos no tenían rival.
Llegados de toda Etruria, carpinteros, arquitectos, herreros y mercaderes inundaron la urbe con sus actividades. Las tiendas y negocios se multiplicaron, y los campesinos decidieron trasladarse a la ciudad. Riadas de esclavos también llegaron desde las tierras conquistadas. Nacía así el plenum, la plebe, ingentes masas de extranjeros sin voz ni voto. Esta plebe sería decisiva para el quinto rey.
Con el apoyo y la riqueza de la nueva “burguesía” etrusca, Tarquino Prisco alcanzó el trono. El nuevo monarca refundó la ciudad al “estilo” etrusco, mucho más refinado. Mandó construirse un palacio y rodeó sus actividades de pompa y fasto. Al contrario que sus antecesores, abandonó sus deberes religiosos y se dedicó a la política y la guerra.
El espacio urbano también cambió. Se ensanchó la ciudad, se efectuó un trazado de las calles delimitando los barrios y echando abajo paulatinamente el enjambre de chozas en que se había convertido la urbe. La plebe estaba encantada con el nuevo monarca. La burguesía etrusca aumentaba sus arcas gracias a los negocios que el rey le proporcionaba cada vez que entraba en guerra. Pero tanta revolución chocó de lleno con el conservadurismo del Senado, que, incapaz de luchar contra la popularidad de Tarquino Prisco, se vio obligado a deponerlo asesinándolo.

Del reformista al tirano.

Con la plebe a su favor, su sucesor, Servio Tulio, llevó a cabo una gran reforma política y social que marcaría para siempre el ordenamiento romano. Además de modificar el ejército y doblar sus hombres, Servio puso fin a la vieja división en treinta curias y dio paso a un ordenamiento basado en el patrimonio. Roma debía contar ya con más de cien mil almas, y no todos tenían ya similar poder adquisitivo.
La mayoría de aquellos nuevos adinerados –que financiaban las guerras y las grandes obras urbanísticas– ni siquiera podía formar parte en los comicios curiados. Así que Servio les dio el trozo del pastel que les correspondía: proporcionó la ciudadanía romana a todo aquel que viviese en Roma y cambió las treinta curias por cinco clases. En los nuevos comicios (ahora se llamaban comicios centuriados, no curiados) el voto ya no valía lo mismo.

La primera clase, la más adinerada, si votaba en bloque, tenía la mayoría de votos. Ni siquiera el Senado podía mover ficha. Ahora, el poder de Roma estaba en manos de la “gran industria” y, además, el pueblo llano se mostraba contento porque no faltaba trabajo. ¿Se quedaría de manos cruzadas el Senado?

Rumbo a la República.

Obviamente no. Como ocurrió con su predecesor, el Senado ya le había preparado a Servio Tulio una jubilación anticipada. Sin embargo, los viejos senadores eligieron mal al asesino del rey, Tarquino, que se sentó en el trono desafiando al Senado. Al parecer, disfrutaba de su tiempo libre matando a rivales políticos en el Foro. Apodado el Soberbio, Tarquino se dedicó, sobre todo, a guerrear. Y lo hizo bien.

La legión siguió infundiendo temor en la comarca y las tierras conquistadas no pararon de aumentar. En esta época ya se puede hablar de un pequeño “imperio” romano, que incluía la Sabina, todo el Tirreno y las colonias meridionales de Etruria, hasta Gaeta. Fuera por su absolutismo, fuera por su despreocupación por los problemas internos, lo cierto es que un golpe de Estado terminó con el Soberbio.
Mientras, en Roma, los comicios centuriados habían relegado a las viejas curias a un mero papel secundario. Las aristocráticas gentes latinas y sabinas se limitaban ahora a celebrar actos religiosos y poco más. Las reformas de los reyes etruscos habían hecho prevalecer en la escala social romana la riqueza por encima de la sangre. Tarde o temprano, el odio latino-sabino acumulado en Roma debía estallar.
Y cuando lo hizo, cargó contra el “ocupante” etrusco y desencadenó el fin de la monarquía. Las luchas entre la vieja aristocracia y la rica burguesía fomentan un vacío de poder tal que la ciudad se ve atacada primero por Chiusi, una de las ciudades etruscas más potentes del momento, y más tarde por el resto de poblaciones.    
En 509 a. C. se instaura la República, que borrará de un plumazo la figura del rex. Poco después, Roma es un lobo herido que se resiste a morir. Deberá comenzar de cero, desposeída de los territorios conquistados por la monarquía. Pero saldrá adelante. Y lo hará con más fuerza que nunca.



Tribuno



Tribuno  militar



En la antigua Roma, el tribuno (en latín: tribunus) era una persona que era elegida como cabeza de cada una de las tribus y poseía atribuciones de diverso carácter:
  • Administrativo
  • Económico (percepción del tributo)
  • Militar (levas del contingente que cada tribu debía aportar)
  • Civil.
  • Además, podía poner veto a las resoluciones del Senado y proponer plebiscitos.

Historia

Los primeros tribunos fueron nombrados por Rómulo, quien en el acto de crear las tres tribus romanas originales (Ramnes, Tities y Luceres) situó en cabeza de cada una de ellas a un jefe que los representaba.
Esta organización administrativa era común a todos los ciudadanos romanos, patricios y plebeyos, puesto que unos y otros convivían en las mismas tribus. Con la conquista romana de Italia, el número de las tribus rústicas aumentó y en el año 395 a. C. existían ya veintiuna tribus rústicas y cuatro urbanas, veinticinco en el año 389 a. C.,​ para finalmente consolidarse en treinta y cinco en el año 241 a. C. Por su parte, el número de tribus urbanas se mantuvo estable.

Tipos de tribuno

  • Tribuno de la plebe (Tribunus plebis), magistrado de la plebe romana.
  • Tribuno consular (Tribunus militum consulari potestate), magistratura suprema de la República romana durante algunos períodos de su historia entre los siglos V y IV a. C..
  • Tribuno militar (Tribunus militum), oficial superior de la legión romana en la época republicana e imperial.
  • Tribuno erario o del tesoro (Tribunus aerarii), magistrado que originalmente recaudaba tributos y se ocupaba de distribuir los salarios (stipendium) a los soldados.
  • Tribuno angusticlavio (Tribunus angustum clavium), oficial elegido entre los equites, cinco por cada legión, identificado por una franja estrecha, o angusticlavus. Magistrado con cargos militares, comandante de un tribunal.
  • Tribuno laticlavio (Tribunus laticlavius), oficial militar de alto rango, segundo al mando en las legiones romanas durante la última República romana y el Alto Imperio romano.

Tribuno laticlavio.

Durante el Alto Imperio romano, el tribunus laticlavius era un joven senador que ejercía como subjefe de una legión romana, teniendo como superior únicamente al legado de la legión (legatus legionis). El puesto fue creado durante las reformas militares de Augusto y fue suprimido por el emperador Aureliano a mediados del siglo III.

Características

El cargo servía básicamente para que los senadores, que aspiraban a desempeñar puestos importantes en el esquema del Estado imperial, tomasen contacto con el ejército romano, y no se esperaba de ellos mucho más. Normalmente se ejercía por un año, aunque existieron excepciones notables, como fue el caso del emperador Trajano, quien desempeñó tres tribunados laticlavios en tres legiones diferentes.
Los jóvenes senadores iniciaban su carrera o cursus honorum desempeñando alguno de los puestos del vigintivirato y a continuación eran nombrados tribunus laticlavius, aunque, como había más legiones que cargos vigintivirales, podían empezar su carrera en una legión y luego ser vigintiviros o, simplemente, ejercer solo el mando legionario.
En combate, su misión era dirigir directamente las dos primeras cohortes de la legión, las más veteranas y mejor mandadas y que raramente entraban en liza, mientras que en el campamento debía coordinarse con el praefectus castrorum para el abastecimiento de su legión.
En caso de ausencia o defunción del legado, el tribuno laticlavio lo substituía asumiendo el título de tribunus laticlavius pro legato.
El cargo de tribunus laticlavius no existía en las legiones de guarnición en Egipto, donde, al ser propiedad personal del emperador, Augusto había prohibido la entrada a los senadores.
Septimio Severo, al crear las legiones I Parthica, II Parthica y III Parthica, decidió que tampoco existieran senadores en su cuadro de mando, por lo que también carecían de tribunus laticlavius.
Por último, el emperador Galieno decidió, al reformar el ejército romano, suprimir los mandos senatoriales, de manera que el puesto de tribunus laticlavius desapareció en todas las legiones.

Tribuno angusticlavius

El tribuno angusticlavio (del latín tribunus angusticlavius, tribuno de rayas estrechas; en plural: tribuni angusticlavii) fue un oficial militar de alto rango propio de las legiones romanas durante la República romana tardía y el Principado.
El tribuno angusticlavio era un tribuno militar subalterno de al menos 20 años de edad, elegido de entre la clase ecuestre, a diferencia del tribunus laticlavius, que era elegido de entre la clase senatorial. Había cinco por cada legión, identificados por una estrecha franja púrpura (angustus clavus o angusticlavus) en sus túnicas.
​ A pesar de su juventud, los tribunos solían contar con experiencia previa, generalmente como praefectus al frente de una cohorte auxiliar quinquagenaria.[2]​ Sus funciones variaban, siendo su labor principal adminisrativa, pero también podían llegar a dirigir hasta dos cohortes. Una vez finalizado su cargo como tribuno angusticlavio su siguiente mando solía ser como prefecto de un ala de caballería de 500 hombres.​ A lo largo del Imperio llegaba a haber 141 tribunos angusticlavios simultáneamente.

El tribuno de la plebe.

tribunos de plebe eran sagrados



El tribuno de la plebe (en latín, tribunus plebis) era un cargo de la antigua república romana, elegido por los ciudadanos que componían la plebe.

Los tribunos de la plebe surgieron para defender a los plebeyos.

Creación de la mision

"En aquellos tiempos, habiéndose separado la plebe de los patricios, cerca del año decimoséptimo después de la expulsión de los reyes, la plebe creó para sí unos tribunos en el Monte Sacro (Aventino) que fuesen magistrados plebeyos. Denominados tribunos porque, en otro tiempo, el pueblo estaba dividido en tres partes y se nombraba uno por cada una, o también porque eran nombrados por sufragios de las tribus".
El cargo del tribuno de la plebe fue establecido en el 494 a. C., unos 15 años después de la fundación tradicional de la república romana (509 a. C.). La creación de este cargo, que durante el siglo V a. C. tuvo amplia jurisdicción sobre la vida pública de Roma, es atribuida al dictador Manio Valerio Máximo, quien propuso al Senado el sacrificio de algunos privilegios para aliviar la asfixia social que venía formándose desde los reyes (Mommsen). Los plebeyos de Roma, a través de una rebelión que amenazó con fundar una nueva ciudad plebeya, lograron que los patricios accedieran a diversas medidas sobre la pérdida de la propiedad o la posesión a causa de deudas, se crearon colonias y se entregaron tierras, y se estableció el tribunado; sin embargo, muchas de sus características (como su número y sus facultades) irían cambiando con el tiempo.
El tribunado sería sacrosanto (sacrosanta potestas), lo cual significa que quien la ocupase estaría protegido de cualquier daño físico, y que tendría el derecho de auxiliar a los plebeyos y rescatarlos del ejercicio del poder de un magistrado patricio (ius auxiliandi).
Más tarde, los tribunos adquirirían un poder mucho mayor a través de la concesión del ius intercessionis, que les daba la capacidad de veto sobre cualquier ley o propuesta proveniente de algún magistrado, incluyendo otros tribunos de la plebe. Como representante principal de los plebeyos romanos, se requería que la casa del tribuno estuviera abierta todo el tiempo, día y noche. Los tribunos de la plebe eran elegidos por el Concilium Plebis (Asamblea de la plebe).
El tribuno también tenía poder para ejecutar la pena capital sobre cualquier persona que interfiriese en el ejercicio de sus actividades. El carácter sacrosanto del tribuno se reforzaba mediante un juramento solemne de los plebeyos, consistente en matar a cualquier persona que dañase a un tribuno durante sus actividades. Era la única persona con poder para convocar al Concilium Plebis y actuaba como presidente del mismo, teniendo capacidad para proponer legislación a la asamblea. También podía convocar al Senado y presentar propuestas en esa institución.
Como los cónsules, los tribunos de la plebe eran dos, siendo elegidos por las curias. Más tarde, se amplió su número a 5 y finalmente el número de tribunos se incrementó hasta diez.



Función y olitaas

Los Tribuni Plebis (que no hay que confundir con los tribunos militares ya existentes, con funciones en el ejército) fueron establecidos como un contrapoder plebeyo (en el interior de la ciudad) al poder de los patricios y de los cónsules.

Su función esencial es proteger a la plebe individualmente o como clase, contra eventuales arbitrariedades de los magistrados patricios. Para el ejercicio de este auxilium se valían de la intercessio, del derecho de veto con el que pueden detener e impedir las órdenes, los decretos, las levas del Cónsul, las decisiones del Senado, las propuestas de ley, las elecciones, y las convocatorias a comicios para cualquier fin así como todo acto de los poderes públicos, hasta el extremo de poder detener toda la maquinaria de Estado. Esta actividad la ejerce por petición del ciudadano o por su propia iniciativa.
Fuera de la ciudad sólo tenía poder (imperium) el mando militar de los cónsules, o del Dictador en su caso. El poder del tribuno únicamente tenía efecto dentro de los límites de Roma. Su capacidad de veto no afectaba a las provincias ni a los gobernadores de las mismas, y su carácter sacrosanto desaparecía a partir de una milla de distancia de las murallas de Roma.
Los tribunos podían anular cualquier decisión de un magistrado romano (incluyendo la de los cónsules). Disponían de amplias facultades en materia de justicia criminal. Además, al cabo de poco tiempo, los tribunos pasaron a dirigir las Asambleas plebeyas por tribus, y sus votaciones, de manera que acabaron convirtiéndose en los promotores de todas las iniciativas legislativas, y terminaron por contar con la potestad de promover leyes.

Como principales facultades de los tribunos (Tribunitia potestas) citaremos:

  • Permitir a un plebeyo sustraerse al servicio militar.
  • Impedir que un plebeyo insolvente fuera tratado como esclavo, de acuerdo al derecho civil romano respecto a los deudores.
  • Podían demandar a través de los alguaciles (Viatores) a cualquier ciudadano romano, incluyendo a los cónsules y altos magistrados hasta entonces exentos de responsabilidad en el ejercicio de su cargo.
  • Tenían el poder de vetar las decisiones y disposiciones de los magistrados patricios, del Senado, e incluso de los cónsules, exceptuando al cónsul en estado de dictador.
Los tribunos disponían de unos oficiales auxiliares para temas judiciales poco importantes (donde solo pudiera ser impuesta como pena una multa) llamados Ediles de la plebe (Aediles plebei) para distinguirlos de los guardas de edificios oficiales llamados también ediles (Aediles); otros auxiliares de los tribunos fueron los Judices Decemviri o Decemviri stlitibus iudicandis, cuyas funciones no son bien conocidas.

Los tribunos tenían también mando militar lo que les daba derecho a la convocatoria de las Asambleas por Centurias. Pero pronto se decidió un nuevo sistema de Asamblea y votaciones, mediante reuniones por tribu. Pero como las cuatro antiguas tribus existentes eran demasiado extensas y constituían un número par, se dividió el territorio romano en veintiún distritos o tribus (495 a. C., 260 ab urbe condita). Las tribus se dividían en urbanas (la Succusana luego Suburrana, la Collina, la Esquilina y la Palatina), y rústicas.

Los tribunos no tenían la consideración de magistrados romanos, ya que sus facultades al principio eran meramente negativas. Como tales, no podían sentarse en las sillas curules reservadas a los magistrados y debían hacerlo en los bancos. A diferencia de los cónsules, no disponían de lictores (de toga galoneada de púrpura) ni de insignias de magistrado. Los tribunos no podían votar en el Senado ni formar parte del Consejo de la Ciudad (Curia). Su cargo era anual y terminaba cada año el 10 de diciembre.

En general, el cargo de tribuno recaía en plebeyos ricos. Los tribunos no eran senadores. Sin embargo, la institución tribunicia no solucionó la situación de los campesinos pobres. Al enfrentamiento entre patricios y plebeyos de antaño, siguió la oposición entre ricos (en su mayor parte patricios, pero también con cierto número de plebeyos) y pobres (plebeyos).

Marcus Cantius, gens Cantia o Candia, tribuno de la plebe en 293 a. C., que realizó una acusación en contra de Lucio Postumio Megelo, uno de los cónsules del año anterior. Sin embargo, este fue nombrado legado del cónsul Espurio Carvilio Máximo, cuya popularidad le blindó ante la justicia. Algunos manuscritos dan el nomen del tribuno como «Scantius».
Se requería que el tribuno fuese plebeyo y, hasta el 421 a. C., ésta fue la única magistratura a la que podían acceder. A finales de la república, el político patricio Publio Clodio logró acceder al Tribunado mediante su adopción previa por una de las ramas plebeyas de su familia.

El Tribunado a finales de la República.

Lucio Cornelio Sila, como dictador, recortó severamente los poderes de los tribunos de la plebe, eliminando su poder de veto y su capacidad de proponer leyes a la Asamblea sin el consentimiento del Senado. Más tarde el Tribunado fue restaurado en su poder anterior, durante el consulado de Marco Licinio Craso y Cneo Pompeyo Magno.
A través de la historia de la república y hasta su caída, hubo importantes personajes que utilizaron a los tribunos para su gloria y ganancia personal. Clodio y Milón, por ejemplo, fueron tribunos que utilizaron la violencia en las cortes y en el gobierno para conseguir lo que les solicitaban Pompeyo y Julio César. Cuando el Senado denegaba alguna solicitud, como por ejemplo tierra para los veteranos de Pompeyo o una prolongación del gobierno en la Galia para César, se acudía a los tribunos y se buscaba conseguirlo a través de la Asamblea de la Plebe. En tiempos de Cayo Mario y Sila, Saturnino, que intentó regalar el grano y coronarse rey de Roma; y Sulpicio, que intentó anular el Senado, son otros ejemplos negativos. Marco Livio Druso, que intentó sin éxito dar la ciudadanía romana a los habitantes de Italia (itálicos) es uno del uso positivo del cargo.
Al ser legalmente imposible que un patricio accediese al cargo de tribuno de la plebe, el primer emperador romano, César Augusto, recibió en su lugar todos los poderes del tribunado sin ostentar formalmente el puesto (tribunicia potestas). Esta formaba una de las dos principales bases en las que Augusto basaba su autoridad, siendo la otra el imperium proconsulare maius. Le daba el derecho de veto y la autoridad para convocar el Senado. También se convertía en una figura sacrosanta y podía ejercer la pena capital en el ejercicio de sus deberes.
La mayoría de los reinados de los emperadores comienzan con la asunción de la tribunicia potestas, aunque algunos como Tiberio, Tito, Trajano, Marco Aurelio, etc., la recibieron previamente mientras reinaba su predecesor. Otras personas como Marco Agripa o Druso el Joven, aunque no llegaron a ser emperadores también recibieron la tribunicia potestas.

El pasar de los tiempos hace que la figura del Tribuno de la Plebe desaparezca.

Tribuno militar

Un tribuno militar es tanto un oficial de una legión romana como un cargo oficial del estado romano.

En el periodo republicano había seis tribunos militares asignados a cada legión. Se les daba la autoridad a dos de ellos a la vez e iban rotando en el mando cada mes entre los seis, aunque no había una división inherente de responsabilidades y cualquiera de ellos podía recibir una determinada misión por el magistrado al cargo del ejército. Los tribunos eran frecuentemente aspirantes al rango senatorial, y eran elegidos por los comicios tribunados y en menor medida por el Senado.

Para conseguir el puesto, importaba más la posición aristocrática de la persona en cuestión que su idoneidad para el cargo, y se consideraba un puesto útil para conseguir réditos políticos por parte de jóvenes influyentes. Sin embargo, no había verdaderas restricciones en cuanto a edad o experiencia; el propio Catón el Viejo, pese a haber sido previamente cónsul y a haber celebrado triunfos, ocupó puestos de tribuno militar bajo otros magistrados con posterioridad.

Historia

Durante el comienzo de la república, los tribunos a veces eran elegidos para ocupar el puesto de los propios cónsules como jefes del estado romano. Estos cargos eran conocidos en latín como Tribuni militum consulari potestate, "Tribunos Militares con Poder Consular". En ese caso, en lugar de los dos cónsules se elegían entre cuatro y seis tribunos militares, durante un mandato de un año (la misma duración que el mandato de los cónsules). No están muy claras las razones para ello, aunque Tito Livio en ocasiones alude a las luchas entre las clases sociales (patricios y plebeyos) de esta época. Es posible que los patricios apoyasen la elección de cónsules y los plebeyos la de tribunos militares en parte por el hecho de que, según ese autor, la magistratura del consulado estaba por entonces reservada a los patricios, mientras que no existía esa restricción en el caso del tribuno militar. Sin embargo, esta opción cayó en desuso después del año 366 a. C.

Tras las reformas realizadas por Cayo Mario creando un ejército profesional, cada legión pasaría a estar dirigida por un legado propio. Se siguieron nombrando para cada legión seis tribunos, pero sus deberes y responsabilidades cambiaron.

El segundo en el mando tras el legado era el tribuno laticlavio, un hombre joven de rango senatorial. Se le daba este puesto para observar y aprender del legado. Los otros cinco tribunos eran ligeramente inferiores en rango, y eran llamado tribunos angusticlavios. Eran hombres de la clase ecuestre y que ya habían participado en anteriores acciones militares.

Al igual que en sus anteriores funciones, los tribunos en el ejército profesional no tenían deberes específicos, y el legado se encargaba de asignar las tareas cuando fuese necesario.

Los tribunos consulares o tribunos militares con poder consular. 


Los tribunos consulares o tribunos militares con poder consular (en latín, tribuni militum consulari potestate) fueron unos magistrados de la Antigua Roma que sustituyeron a los cónsules como magistrados epónimos durante el llamado conflicto patricio-plebeyo de la temprana República romana. Se instauraron en el año 444 a. C. y cubren los fastos hasta el año 367 a. C., aunque en algunos años se volvieron a elegir cónsules.

Origen y disolución del cargo

Según Tito Livio y Dionisio de Halicarnaso, la magistratura de los tribunos consulares fue creada durante el conflicto patricio-plebeyo, junto con la magistratura del censor, con el fin de dar acceso a los plebeyos a los niveles más altos del gobierno sin tener que reformar el puesto de cónsul, que los patricios defendían como reservado para su orden. Con la introducción de la figura del tribuno consular se saltaba este problema formal para dar a la plebe el acceso al máximo poder magistral, sin pasar por el consulado.
La elección de si un collegium de tribunos consulares o de cónsules debían ser elegidos para un año determinado se hacía por senatus consultum,​ estableciendo los periodos en que un puesto era intercalado con el otro. Lo más probable es que la elección fuese hecha en función de la persona en lugar del tipo de cargo, en relación con la capacidad de los candidatos individuales para atraer los votos de las tribus.
El número de tribunos consulares varió de 3 a 6. Debido a que se les consideraba colegas de los dos censores, a veces se hace mención a los "ocho tribunos".
Sin embargo, los estudiosos modernos creen ahora que la creación de los tribunos consulares se debió a las cambiantes necesidades militares y administrativas del Estado romano en expansión.
 Al principio durante la década del 440, los tribunos consulares, elegidos por las tres antiguas tribus de los titienses , ramnenses y lúceres, formaron parte de un rediseño total de la estructura militar del Estado para maximizar su eficiencia, incluyendo la creación de la censura (responsable de realizar el censo para identificar el número de hombres capaces de prestar servicio militar) y la cuestura (responsable del dinero y suministro de los ejércitos).
 Originalmente los titulares de cargos patricios, que eran referidos como tribunos militares, eran los responsables de dirigir los ejércitos en la batalla. No fue hasta mucho más tarde que se les dio la adición anacrónica de «con poder consular» en un intento para distinguirlos de los tribunos militares que eran los oficiales legionarios de mediados y finales de la República.
Los tribunos consulares, como sus predecesores consulares, ejercieron imperium consular, lo que indica que debían haber sido elegidos por los Comitia centuriata, puesto que las necesidades actuales del Estado no podían ser atendidos por el sistema consular anterior.​ De su número inicial de tres, los tribunos consulares se incrementaron a cuatro por primera vez en el 426 a. C., en respuesta a la situación militar que supuso que el estado romano capturase y anexase Fidenas.
En el 405 a. C., el número de tribunos consulares fue aumentado a seis por primera vez; y después de que, aparte de algún año ocasional en el que constan ocho o diez tribunos consulares, el Estado romano fue dirigido por seis tribunos consulares para casi todos los años hasta la disolución del cargo y la reintroducción del consulado en el 366 a. C. El aumento se debió a la necesidad de tribunos consulares, no solo para manejar los asuntos militares de Roma, sino también por las necesidades administrativas de la ciudad.
Según Tito Livio, la práctica de elegir tribunos consulares llegó a su final en el 366 a. C., cuando las Leges Liciniae-Sextiae entraron en vigor, permitiendo el acceso del orden plebeyo al cargo de cónsul. La interpretación moderna de este proceso entiende que el cambio se produjo cuando la posición de Roma en el Latium había llegado a convertirse suficientemente segura como para permitir que las tareas urbanas de los tribunos consulares pudieran ser descargadas en otros cargos con diferentes niveles de imperium.
​ Así, la reorganización del Estado romano, el 367-366 a. C. vio la sustitución de los seis tribunos consulares con cinco funcionarios con distintas funciones: la jefatura del Estado llegó a estar formado por dos cónsules, librando las guerras y conduciendo las deliberaciones del Senado. Además hubo un pretor que supervisaría los litigios en la ciudad, mientras que dos ediles curules se hacían cargos de todas las demás tareas administrativas dentro de la ciudad, tales como la organización y celebración de los juegos públicos y la supervisión y el control de los mercados en Roma.



Tribu (Antigua Roma)



En la Antigua Roma, una tribu era una circunscripción territorial a la que se adscribía a los ciudadanos romanos, para formar parte de una tribu era necesario ser un hombre libre y mayor de edad.En un principio las tribus eran reconocidas con base en la gens o clanes, familias que reconocían tener un antepasado en común y que practicaban cultos comunales, pero posteriormente se transformaron en subdivisiones territoriales. La función principal de las tribus era la de organizar el voto.
La pertenencia a una tribu tenía mucha importancia social, porque señalaba el estatus de ciudadano romano y el prestigio se veía incrementado porque algunas tribus tenían más influencia de voto que otras. Esta importancia era tal, que a finales de la era de la República la tribu pasó a ser parte oficial del nombre de un romano.

Historia

Según la tradición romana, Rómulo dividió al pueblo, constituido únicamente por los patricios, en tres tribus, que denominó Ramnes o Rhamnenses, Tites o Titienses y Luceres o Lucerenses. Según la tradición de las primeras tres tribus, los Ramnnes eran las familias autóctonas romanas, que fueron guiadas por los latinos y que se establecieron en la zona de las llanuras. Los Titos eran aquellas familias Sabinas que llegaron siguiendo al rey Tito Tacio. Finalmente los Luceres eran de origen incierto, hay versiones que relatan que provenían de la zona boscosa que rodeaba a Roma y otras dicen que eran de origen etrusco y llegaron siguiendo al rey Lucumo​. Los nombres de estas tribus son traducciones etruscas de palabras latinas y cada una de ellas se atribuye a un rey primitivo​.
 Según esta interpretación, Roma surgió de la unión de tres pueblos, latinos, sabinos y etruscos. Estas primeras tribus formaban un complejo de centenares de gentes originarias​, los clanes familiares romanos que existían en el momento de la fundación de Roma.

​ Frente a cada tribu había un tribuno, y cada una de las tribus se subdividía a su vez en diez curias (curiae), posiblemente del indoeuropeo kowiriya = co-vira= "reunión de varones". Cada curia era dirigida por un curio maximus o curión, quien tenía atribuciones militares y religiosas en Roma. 
Pero el sexto rey de Roma Servio Tulio modificó la institución tribal para agrupar a los habitantes de la ciudad con arreglo a su domicilio e imponerles un tributum.
 Formó un cierto número de circunscripciones, cuatro tribus urbanas en Roma, las tribus Suburana, Esquilina, Collina y Palatina, y diez tribus rurales fuera de la ciudad. Las tribus permitían a los ciudadanos expresarse públicamente tras la institución de los Comicios tribunados.
Su institución marcó el debilitamiento del poder político que ostentaban los Comicios Centuriados. Los propietarios de bienes inmuebles eran inscritos en la tribu donde residían o en el lugar en el que tenían una mayor extensión de propiedad, es decir en una tribu rural. Aquellos ciudadanos romanos que tenían propiedad en otros territorios de Italia o en las colonias eran inscritos en una tribu asignada​. Los no propietarios, los negociantes y los artesanos, en una de las tribus de Roma.
Lo más probable es que el nombre de las tribus rústicas correspondieran a aquellos de los antiguos clanes según se ubicaban las propiedades de los mismos. 
Con la conquista romana de Italia, el número de las tribus rurales aumentó y en el año 395 a. C. existían ya veintiuna tribus,​ veinticinco en el año 389 a. C.,​ para finalmente consolidarse en treinta y cinco en el año 241 a. C. Por su parte, el número de tribus urbanas se mantuvo estable. Este hecho marcó el aumento de poder de los propietarios rurales en detrimento de los ciudadanos de la capital de república.

Las tribus.

La ciudad de Roma estaba compuesta socialmente por treinta y cinco tribus diferentes, cada una con sus propias características culturales, religiosas y económicas. Pero eran principalmente distritos electorales, por lo que su control y alianzas formaban parte de lo más delicado de la política romana. Generalmente, estos conjuntos elegían democráticamente a sus magistraturas y oficiales. Además, algunas de ellas tenían más poder que otras, es decir, poseían más autonomía. En este ámbito resulta sobresaliente el caso de la tribu Palatina, que era una de las más influyentes de Roma.​ A continuación se relacionan las tribus que conformaron la República romana desde el siglo VI a. C.
  • Aniense: Nombre derivado del Anio, afluente del río Tíber que a su vez recibió el nombre de Anio, un rey de la antigua Etruria. Creada en 300 a. C.
  • Arnense: Derivado del río Arno en Etruria. Creada en 389 a. C.
  • Camilia: Los Camilos era un collegium, creado por Rómulo, de sacerdotes dedicados al servicio de los dioses tradicionales.
  • Claudia: Una tribu que recibió su nombre de Apio Claudio, que se instaló con sus seguidores cerca de la ciudad de Roma. La familia patricia de los Claudios terminaría formando parte de la primera dinastía imperial de Roma. Descendían del jefe sabino Atta Clauso.
  • Clustumina: De la ciudad latina de Crustumerium, en territorio sabino.
  • Collina: Una de las cuatro tribus urbanas originales instituidas por Rómulo. También una de las antiguas puertas de la ciudad de Roma, situada en el monte Quirinal.
  • Cornelia: Nombre de una importante familia patricia de Roma, con muchas ramas diferentes, como los Léntulos, Escipiones y Balbos, entre otras.
  • Emilia: De la gens Aemilia; parte de los suburbios de Roma.
  • Escaptia: Posiblemente a partir de la ciudad del mismo nombre, Scaptia, en el Lacio. Creada en 333 a. C.
  • Esquilina: Una de las cuatro tribus urbanas originales establecidas por Rómulo. Por la colina de Roma del mismo nombre, unida a la ciudad por el rey Servio Tulio.
  • Estelatina: Del llamado Campus Stellatinus, en Etruria. Creada en 389 a. C.
  • Fabia: Una tribu de Roma derivada de los Fabios, familia patricia cuyo nombre proviene de la palabra faba o haba, pues sus ancestros eran prósperos granjeros y terratenientes.
  • Falerna: Una tribu de Roma, posiblemente procedente del Ager Falernus, en Campania. Creada en 318 a. C.
  • Galeria: Una de las más antiguas tribus de Roma.
  • Horacia: Posiblemente los descendientes de la heroica familia de los Horacios.
  • Lemonia: Del Ager Lemonius, en los alrededores de Roma.
  • Maecia: Del lugar Ad Maecium, cerca de Lanuvium. Creada en 333 a. C.
  • Menenia: De la gens o familia del mismo nombre.
  • Oufentina: Derivada de un pequeño río en el Lacio, Oufens o Ufens, cerca de la ciudad de Tarracina (ahora Ufente). Creada en 318 a. C.
  • Palatina: La mayor de las siete colinas de Roma, sobre la que Rómulo estableció el primer trazado de la ciudad, y de la que recibió su nombre una de las cuatro primeras tribus urbanas.
  • Papiria: De la gens Papiria.
  • Poblilia (Poplilia, Publilia): la única de las tribus romanas más recientes que lleva un nombre de familia.​ Se refiere al Ager Poplilius, en la zona volsca del Lacio. Creada en 358 a. C.
  • Pollia: Del Ager Pollius, alrededores de Roma. Era una de las tribus características de los libertos.
  • Pomptina: De la ciudad Pomptia y el Ager Pomptinus, en el Lacio. Creada en 358 a. C.
  • Pupinia: Del Ager Pupinius, alrededores de Roma.
  • Quirina: Quizá de quirites, designación de los ciudadanos romanos, o de Quirinus, otro nombre para referirse a Rómulo.
  • Romilia: De la gens Romilia o Romulia.
  • Sabatina: Posiblemente del Lacus Sabatinus, en la zona etrusca de Veies (Veii). Creada en 389 a. C.
  • Sergia: Descendientes de la familia de los Sergios, de las que descienden muchas ramas como los Sili, los Catilinae, los Ocelae y los Planci, entre otras.
  • Suburana: Una de las cuatro tribus urbanas originales establecida por Rómulo. A veces también Sucusana. Corresponde a la Subura o Suburra, barrio de Roma entre las colinas Viminal y Quirinal.
  • Teretina: Acaso derivada de un lugar llamado Terentus en el Campo de Marte, junto al Tíber, donde se celebraban los Ludi Saeculares. Pero es más probable, por la falta de la n, que proceda del río Teres/Trerus, en la Campania. Creada en 300 a. C.
  • Tromentina: Del llamado Campus Tromentus, en la zona etrusca de Veies (Veii). Creada en 389 a. C.
  • Velina: Del Lacus Velinus, cerca de la Reate adriática.
  • Voltinia: Del Ager Voltinius, alrededores de Roma.
  • Voturia: También VET(uria), de la gens Vo(l)turia/Veturia.


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