Revista de estudios histórico-jurídicos
Se examinan las enseñanzas histórico-jurídicas en algunas de las más importantes Facultades de Derecho norteamericanas, en particular en los cursos 2002-2003 o 2003-2004. La docencia en Historia del Derecho Americano, Historia del Derecho Inglés, Historia Constitucional Americana o Derecho Romano es desigual en las diferentes Facultades. Sin embargo, las Universidades tradicionales y aquellas que ocupan los números más destacados en el "ranking" de Escuelas de Derecho cuentan con una mayor y más selecta oferta de materias histórico-jurídicas. Siguiendo el ranking "America's Best Graduate Schools 2004", se analizan las diez primeras: Yale, Stanford, Harvard, Columbia, New York, Chicago, Michigan, Pennsylvania, Virginia y la Cornell University. Además se tienen en cuenta otras, más alejadas de las posiciones iniciales que, por su oferta de disciplinas iushistóricas, resultan de interés como Alabama, Indiana, Wisconsin-Madison, la Duke Law School University o la George Washington University Law School.
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Creemos interesante conocer el estado de las enseñanzas histórico-jurídicas en algunas de las más importantes facultades de derecho norteamericanas, donde se valora y se enfoca de otra forma a como se hace en España la historia jurídica. Vamos a hacer un análisis detenido de algunas de ellas con referencia, básicamente, a los últimos años, en que las cosas han cambiado algo respecto a lo que en su momento escribió M. J. Peláez, que cubrió el periodo 1985 a 1989. Sus datos son de hace trece años en el mejor de los casos1. De cualquier modo, es importante precisar que la enseñanza universitaria no supone algo aislado, sino que ha de estar en consonancia con el desarrollo cultural y con los elementos que configuran el contexto social y político de un pueblo. Nos ocuparemos de la oferta de materias iushistóricas en el curso 2002 - 2003 (y a veces para el 2003 - 2004, dependiendo de la información facilitada por cada una de las universidades), incluyendo seminarios, pero sin entrar en profundidad en aquellas disciplinas que, a modo de introducción o de forma marginal, contengan algún contenido histórico-jurídico, ni tampoco en programas especiales, interdisciplinares, de master o doctorados (salvo que lo consideremos de interés).
La docencia en historia del derecho americano, historia del derecho inglés, historia constitucional americana o derecho romano es muy desigual en las facultades de derecho norteamericanas. Sin embargo, constatamos que las Universidades tradicionales y aquellas que ocupan los números más destacados en el "ranking" de Escuelas de derecho cuentan con una mayor y más selecta oferta de materias histórico-jurídicas2. En 1999 se realizó una encuesta y un estudio detenido, con criterios similares a las consultas de años precedentes, sobre las mejores escuelas y facultades de leyes de USA. La primera, Yale, la segunda Harvard y la tercera Stanford3. No obstante, en la actualidad la situación ha cambiado algo, pasando Stanford a ocupar el segundo puesto y Harvard el tercero4. Se dividen en Top Schools (que serían las 100 catalogadas antes como de primera y segunda clase) y luego las de tercer y cuarto orden. Por otra parte, entre las revistas norteamericanas especializadas podemos referir The American Journal of Legal History, publicada por la Temple University James E. Beasley School of Law5; Law and History Review, editada por las University of Illinois Press, para la American Society for Legal History6 y Western Legal History. The Journal of the Ninth Judicial Circuit Historical Society7.
Creada en 1817, Harvard es la Facultad de Derecho de EE.UU. con la más antigua continuidad operativa, donde se forman abogados y otros profesionales relacionados con el mundo jurídico, incluyendo la administración local, estatal y federal y la docencia, que adquieren una preparación que les faculta para resolver los más complejos problemas durante su vida laboral. La Harvard Law School ha sufrido _y, con casi total seguridad, seguirá sufriendo_ grandes cambios que se reflejan en un notable incremento del número de alumnos y profesores en sus diferentes categorías. Las diversas áreas ofrecen cursos de derecho constitucional, penal, internacional y comparado, de familia, de finanzas y de negocios. Los estudiantes pueden adquirir experiencia práctica en organismos públicos y en sesiones "clínicas"; sin olvidar una oferta de 250 cursos y seminarios optativos cada año, además de otras actividades extracurriculares. Para alcanzar el título de licenciado en derecho (J. D.), en el primer año se exigen seis asignaturas obligatorias, una optativa (de al menos tres créditos) y la participación en la "Ames Moot Court" que data del año 1820. En el segundo y tercer año, los alumnos deberán completar 52 créditos electivos, al margen del Written Work Requeriment y del Professional Responsability Requeriment
Son numerosas las posibilidades que se abren en Harvard para todos aquellos que deseen combinar su educación jurídica con una formación avanzada en otros campos. Así, la Facultad de Derecho tiene programas conjuntos con otras facultades como, por ejemplo, la Business School o la Kennedy School of Government, siendo también posible concurrir a varios programas de graduación. El objetivo es internacionalizar el elenco de estudiantes y lograr una comunidad académica destacada por su diversidad de intereses y orígenes, preparada para la práctica privada y pública (tanto gubernamental como no gubernamental) a nivel mundial. Esta completa formación hace que la Harvard Law School atraiga cada año alumnos de más de sesenta países diferentes, siendo una de las facultades de derecho más atractivas del mundo.
En el año académico 2002 - 2003, entre los seminarios, nos encontramos con uno de dos créditos en torno a Legal History: American Legal Education, impartido por el profesor visitante Daniel Robert Coquillette, dirigido a los estudiantes interesados en la evolución de las leyes en materia de educación y en examinar cuidadosamente su naturaleza, comenzando por sus orígenes continentales y su desarrollo en América, desde la fundación de la Litchfield y Harvard Law Schools hasta los conflictos de la normativa escolar de nuestros días. Incide en las transformaciones experimentadas en el perfil del estudiante y en las controversias pedagógicas sobre los diferentes métodos y fines; así como en el papel de la normativa en las disputas acerca de la jurisprudencia, política ideológica y en el avance de las reformas sociales y económicas. Destaca, asimismo, Legal History: Politics and Markets in American Constitutional Design. Historical Perspective (2 créditos), de Christine Adrienne Desan, que examina el debate que ha dividido históricamente el pensamiento económico liberal de los siglos XVIII y XIX, con una perspectiva de derecho constitucional comparado. La propia Desan imparte Legal History: The Shaping of American Constitutionalism, 1620 - 1820 (3 créditos) que describe la transformación, en los dos últimos siglos, del régimen colonial americano en una estructura federal liberal; considerando el cambio de constitución de la sociedad política americana en este periodo, reflejado en la población, la estructura de gobierno, el derecho, la política y la economía, desde la óptica del derecho constitucional. Bajo la responsabilidad de Morton Jay Horwitz (e insistiendo, igualmente, en teoría y derecho constitucional), se ofrece el seminario: Legal History: The Warren Court, 1953 - 1969 (2 créditos) que reúne jurisprudencia específica sobre racismo, igualdad, procedimiento criminal, pornografía o derecho a la privacidad. De forma tangencial incide en el Antiguo Régimen y en la Revolución francesa el curso de un solo crédito, Tocqueville and Law, a cargo de Mary Ann Glendon8, recientemente (2003) investida como doctora honoris causa en derecho por la Universidad de Navarra.
En conexión con el derecho comparado se ofrece la asignatura Comparative Law: Islamic Legal System (3 créditos), que imparte Frank Edward Vogel. Supone una introducción básica al sistema jurídico islámico tanto histórico como contemporáneo, y a los contrastes que conlleva con el pensamiento constitucional del mundo occidental. Precisamente estos contrastes suponen el núcleo central de la materia que se subdivide en varias secciones: fuentes del derecho, teoría y práctica jurídica, derecho islámico en los modernos sistemas estatales y confrontación con el derecho occidental. En cuanto al derecho sustantivo, se examina el constitucional, penal y de familia. Cierta relación con esta disciplina guarda Comparative Law: Changing Approaches to African and Islamic Law (1 crédito), de Christina Jones - Pauly, que muestra las modernas investigaciones sobre la interacción entre los sistemas jurídicos africano e islámico en las últimas cinco décadas. Igual cabe decir del curso de la misma profesora Comparative Law and the International Order: The Processes of Reception and Transformation of Islamic Law in Africa (2 créditos) que explora la leyes islámicas en el contexto del derecho consuetudinario africano, analizando la recepción con un punto de vista histórico. A ella se debe, igualmente, Feminism in Islam (1 crédito) acerca de la evolución de los derechos de la mujer en el mundo árabe histórico y contemporáneo. Continuando con el derecho islámico, el seminario Islamic Law Reform: The Secular Tradition (2 créditos), impartido por A. Shalanky, profundiza en los movimientos intelectuales, políticos y sociales que han contribuido a modernizar este derecho, desde mediados del siglo XIX hasta nuestros días, con especial atención al desarrollo contemporáneo de los sistemas jurídicos árabes. El punto de partida son las fuentes y su histórica marginación por la jurisprudencia ortodoxa.
Dentro de la historia del derecho, propiamente dicha, se ubica el curso American Legal History 1760 - 19009 (no ofertado para el año académico 2002 - 2003, pero incluido en el catálogo), desarrollado por William Fisher, que se encarga de la evolución de la doctrina y del pensamiento legal americano en el periodo que se extiende desde la revolución hasta el final del siglo XIX, centrándose, entre otras, en las materias de derecho constitucional, contratos, propiedad, derecho penal o derecho de familia, y American Legal History, 1890 - 1960 (tampoco incluido en el año que nos ocupa, pero igualmente catalogado), a cargo de Horwitz, que resume los cambios en el pensamiento legal a finales del siglo XIX y a lo largo del siglo XX, en el ámbito tanto del derecho privado como del público. En idénticas condiciones se encuentra Legal History: American Legal Thought, impartido por Duncan Kennedy, que cubre los cambios experimentados en los siglos XIX y XX en la estructura del pensamiento jurídico americano. Legal History: English Legal History, del docente Charles Donahue, se presenta como curso y como seminario. La primera opción implica una introducción a la historia del derecho e instituciones jurídicas en Inglaterra, desde los anglosajones al siglo XVII, deteniéndose en el desarrollo del derecho privado y la segunda incide en las fuentes del derecho inglés desde la alta Edad Media hasta el año 1600. No obstante, ninguna de las dos ha sido ofertada para el 2002 - 2003, aunque se espera que la primera sí lo sea para el 2003 - 2004.
Hay un curso y un seminario con expectativas de ser omitidos en el 2003 - 2004: Legal History: Continental Legal History (3 créditos) y Legal History: The "Common Law" of Continental Europe (2 créditos), desarrollados también por Charles Donahue. El primero abarca desde la caída del Imperio romano de Occidente hasta la codificación del siglo XIX, analizando la legislación de cada momento histórico (la normativa de los pueblos bárbaros de los siglos VI a X, el florecer de los estudios académicos del derecho romano y canónico en los siglos XI - XIII, el derecho de los siglos XIII - XVI, la glosa _nacimiento y desarrollo_, el humanismo y la escuela de derecho natural y el proceso de codificación en Francia y Alemania en los siglos XVIII y XIX). El segundo _el seminario_, en íntima conexión con las circunstancias históricas y políticas, se detiene en la generación de juristas que, a partir del año 1100 en Bolonia, se dedicó con especial intensidad al estudio del derecho romano y en los que, más tarde, hicieron lo mismo con el derecho canónico. El producto combinado de ambos estudios daría lugar al denominado derecho común, llegando a ser parte esencial de la trayectoria jurídica europea e influyendo en su desarrollo posterior, incluyendo la codificación del siglo XIX. Se propone introducir a los alumnos en las complejas técnicas de lectura y análisis de los trabajos de derecho común medievales y modernos para lo que se exigen ciertos conocimientos del latín.
Directamente relacionados con la historia del derecho y con la interacción entre lo jurídico y otras disciplinas, se ubican dos seminarios sobre ley y literatura. El primero (2 créditos), de carácter genérico, es impartido por Alan Stone y analiza obras de Kafka, Melvilla, Tolstoi o el Mercader de Venecia y Hamlet de William Shakespeare. El segundo (2 créditos) es más específico. Se subtitula Spiritual Higiene for Lawyers y se desarrolla por Richard Davies Parker. Pretende, a través de las obras de Dostoyevsky, Tolstoi, Melvilla, Conrad, Wolf o Camus, atender a la crisis espiritual del profesional del derecho, que no logran resolver los tradicionales cursos de ética. En la misma línea, se ubica Law, Psycology and Morality: An Exploration Through Film (2 créditos), igualmente a cargo de Alan Stone, que adopta el cine como punto de partida para examinar la conexión entre el derecho, la psicología y la moral, con temas como responsabilidad, amor, familia, identidad sexual, justicia e injusticia, identidad del abogado, raza y poder.
También se incluye en el catálogo de la Harvard Law School, entre las materias iushistóricas, el seminario de Antonia H. Chayes, American Exceptionalism in Treaty Behavior (2 créditos) que permite a los alumnos profundizar en algunos de los tratados en los que EE.UU. ha sido parte, desde el examen de la historia de las relaciones internacionales. Esta materia tuvo arraigo en España en su momento y es una asignatura de gran tradición en las enseñanzas de ciencias políticas en Italia (antes también en las de derecho). Resulta, igualmente, de interés Asian Americans and Racial Jurisprudence (1 crédito), de Angelo Ancheta, sobre la experiencia histórica y contemporánea de este colectivo frecuentemente sometido a discriminación racial. Mayor contenido iushistórico presenta el seminario Historical Perspectives on the Role of the African-American Lawyer (2 créditos), que imparte Kenneth W. Mack, donde se examinan las fuentes históricas que inspiraron el cambio de papeles de los abogados afroamericanos en los siglos XIX y XX, lo cual ha influido directamente en la estructura social de aquella comunidad y en la propia organización social de la vida americana. El mismo profesor se encarga de la asignatura Legal History: American Law and Society: 1865 to 1970 (3 créditos) que analiza la evolución socio-legal de América y las revoluciones de los años 60, poniendo el énfasis en la interacción entre el derecho positivo, la doctrina legal y las instituciones con la vida social y cultural de la población ordinaria. El cambio de concepción en el derecho talmúdico desde la perspectiva de Maimónides es el objetivo del curso de tres créditos, impartido por la profesora visitante Hanina Ben - Menahen, Jewish Law: Maimonides' Failed Jurisprudential Revolution.
Detlev Frederick Vagts se responsabiliza de Introduction to European Union Law (2 créditos) que pretende iniciar al alumno en la comprensión de la estructura de la Unión Europea y en el origen de sus instituciones; así como en el procedimiento legislativo y en las tensiones de poder. La figura de Abrahan Lincoln, partiendo de sus discursos y escritos, es el foco de atención de Frank Isaac Michelman en Abrahan Lincoln and the Constitution (1 crédito), planteando su punto de vista sobre cuestiones básicas en el constitucionalismo americano como igualdad, raza, democracia, mayoría o Tribunal Supremo. Alguna incidencia en las históricas relaciones entre Iglesia y Estado tiene el curso de tres créditos de John Howard Mansfield.
El derecho romano (materia que, como veremos, se estudia en pocas facultades de leyes norteamericanas) es explicado _con tres créditos_ por el profesor Donahue, como disciplina introductoria (Legal History: Introduction to Roman Law) que conecta el sistema legal y social romano con los diferentes aspectos sociales, económicos y políticos de la vida del momento, describiendo las principales instituciones y fuentes, desde la ley de las Doce Tablas hasta Justiniano; incidiendo, además, en el procedimiento, contratos, delitos, propiedad y metodología. Se duda sobre su oferta para el año académico 2003 - 2004.
En el curso 1999 - 2000, la Harvard Law School ofrecía, para nuestro particular interés, con una perspectiva de derecho comparado, una disciplina relativa a los derechos humanos desde 1776 hasta 1948 (3 créditos), a cargo de la, ya citada, profesora Mary Ann Glendon (más conocida por sus actividades políticas representando al Vaticano en la Conferencia de El Cairo, que por sus contribuciones a la historia jurídica), donde se examinaban dos momentos cruciales para los derechos del hombre: el marcado por el siglo XVIII francés y las revoluciones americanas y el correspondiente al periodo posterior a la IIª Guerra Mundial con la Declaración Universal de Derechos Humanos. La misma Glendon se ocupaba de un seminario, Foundations of Western Legal Thought (2 créditos), encargado de analizar la influencia del derecho civil romano-germánico y del sistema anglo-americano del Common Law10 en las diferentes ramas del pensamiento político y filosófico. Correspondía al profesor visitante Williams la asignatura de Federal Indian Law que desarrollaba los principios, doctrinas y textos legales que han marcado las relaciones entre EE.UU. y las tribus indias, así como la historia de su derecho federal (soberanía, jurisdicción y administración), el desarrollo económico y la protección de su cultura y religión. Estas tres materias han desaparecido del actual catálogo.
En 1723, la Biblioteca de la Universidad de Harvard contaba con siete volúmenes de Common Law. En la actualidad, la Biblioteca específica de la Harvard Law School posee más de un millón y medio de libros y manuscritos de diversas especialidades, además de disponer de las últimas innovaciones técnicas e informáticas y de unas apropiadas instalaciones para facilitar la consulta e investigación del material bibliográfico, siendo la Biblioteca jurídica académica más grande del mundo. La formación de la Law School se anunció en julio de 1817 con la promesa de que los alumnos tendrían acceso a una completa biblioteca jurídica. En aquellos días, US$ 681,74 era más que suficiente para dar un buen impulso al proyecto. Con el paso de los años, particulares e instituciones donaron libros y fondos económicos. En 1826 se disponía de 584 títulos. Tres años más tarde se añadió la Joseph Story collection de casi mil ejemplares y en 1834 los libros de derecho romano, español y francés de la Livermore collection. En todo este tiempo, el profesor Simon Greenleaf pondría todas sus energías para el crecimiento de la Biblioteca. Hacia el año 1841 había 6100 volúmenes, gracias a Nathan Dane, Joseph Story y Christopher Gore, entre otros benefactores. En 1854, podía presumir de poseer mayor número de libros de leyes en lengua inglesa que cualquier otra. Una nota de desánimo se produciría en 1855, en un momento económicamente difícil que repercutiría en la administración de la Biblioteca, descubriéndose, tres años después, que habían llegado a perderse un total de 870 volúmenes. Cuando Christopher Columbus Langdell fue nombrado primer Decano de la Facultad de Derecho en 1870, revivió el tradicional compromiso de encumbrar la Biblioteca, desde su consideración de que la misma era para los estudiantes de derecho como el laboratorio para los científicos y de ahí la necesidad de fomentar su desarrollo. Pronto necesitaría un nuevo edificio y a comienzos del nuevo siglo crecería a razón de 6000 volúmenes por año de forma paralela al número de estudiantes que utilizarían la misma. Desde entonces, el avance no ha cesado, auspiciado tanto por donaciones y ayudas privadas como por adquisiciones realizadas por la propia Biblioteca. Además de libros, cuenta con importantes colecciones de documentos, como una en particular sobre la sociedad medieval y el derecho inglés entre los años 1000 y 1600 de procedencia un tanto incierta y trascendental importancia para apreciar el papel de los documentos a la hora de entender la historia de un lugar y de sus gentes. La introducción del catálogo la realizaría el profesor Charles Donahue gracias a sus conocimientos del inglés y del ordenamiento jurídico medieval que le facilitaría el acceso y el contacto directo con el material. En ella explicaría las características de los documentos que componen la colección y que reciben el denominador común de charters, referidos, en este caso, a documentos legales y reconociendo Donahue que el uso de la escritura en las transacciones legales es tan antiguo como la escritura misma. La documentación permite conocer mucho más que los aspectos estrictamente jurídicos, mostrando la vida social, la historia de las familias, la religión y los principales intereses de los ciudadanos de la época. De ahí su importancia para la historia jurídica. Las colecciones especiales se custodiaban en la denominada "Treasure Room" que sería abierta al público el 15 de agosto de 1948, dedicada a los licenciados en derecho que habían fallecido en las dos guerras mundiales. En 1970 no podía cumplir ya sus dos funciones como sala de exposiciones y de lectura reservada por el incremento del volumen de los materiales ubicados en la misma. En 1985 se creó el Special Collections Department encargado de la adquisición, catalogación, preservación y uso limitado a la investigación de libros "raros", manuscritos y colecciones de arte. En 1990 la "Root Room" se convirtió en sala de lectura para consultar las referidas colecciones especiales, continuando la "Treasure Room" con sus antiguas funciones. La Biblioteca sería reformada en 1997, reorganizándose sus diversas salas, dedicándose dos plantas a los materiales más preciados y construyéndose una nueva área de oficinas y almacenes sobre una renovada "Treasure Room", ahora denominada "Caspersen Room".
La siguiente Universidad que ocupa nuestra atención es la de Yale. Se funda en 1701 como Collegiate School en Killingworth, Connecticut, siendo su primer rector Abraham Pierson. En 1716 se traslada a New Haven y en 1718, gracias al generoso donativo de Elihu Yale, pasa a llamarse Yale College. A partir de ahí se inicia su desarrollo, creándose la Yale Law School en 1843, aunque se impartían enseñanzas jurídicas desde 1801. Su fama es paralela a la de Harvard o a la de Columbia y, de hecho, ocupa el primer puesto en el "ranking" anteriormente referido. En el propio catálogo oficial se precisa que el estudio de la historia del derecho americano, inglés y europeo tiene un importante lugar en la Facultad de Derecho, tanto a nivel curricular, con cursos y seminarios, como en el campo de la investigación. En la Biblioteca, la Lillian Goldman Library, existen importantes fondos relacionados con las fuentes del derecho inglés. Entre las asignaturas histórico-jurídicas que se ofertan en año académico 2002 - 2003, destacamos Anglo-American Legal History: Directed Research (2 ó 3 créditos) que tiene como prerrequisito History of Common Law u otra materia semejante y es impartida por John H. Lahgbein. Development of the Western Legal Tradition (3 créditos), a cargo de James Q. Whitman, examina la cultura centenaria europea, incluyendo la tradición jurídica de derecho romano y canónico, la separación entre derecho y religión, la relación entre el mundo rural y urbano y la estructura y eventual quiebra de la jerarquía social; así como la expansión de las formas jurídicas occidentales y su práctica en América latina y Asia. Por su parte, History of the Common Law: Procedure and Institutions (3 créditos) _igualmente impartida por J. H. Lahgbein_ es una introducción a los orígenes del derecho angloamericano, con un énfasis particular en la evolución del procedimiento civil y penal en los siglos previos a la Revolución. Se analiza el jurado, los cambios experimentados en sus funciones y composición (desde la época medieval en Inglaterra hasta los tiempos modernos) y las variaciones en su control. En la sección de justicia civil se presentan, entre otros temas, las acciones y recursos, la profesión de abogado y los Tribunales, la educación legal, la fusión entre ley y equidad, la codificación y la perspectiva histórica en el ámbito del derecho a un proceso civil con jurado, bajo la séptima Enmienda. A la sección de justicia penal compete el estudio del proceso criminal medieval, la acusación, el procedimiento en los siglos XVI y XVII, la oficialización de la causa, la situación en el siglo XVIII, el derecho a no autoinculparse y las penas. Gran contenido iushistórico presenta el curso Constitution: Philosophy, History and Law (4 créditos), donde Bruce Ackerman se cuestiona los orígenes de la Constitución americana y su histórica transformación en momentos críticos como la guerra civil, la gran depresión o la aparición del movimiento de derechos civiles. Utiliza planteamientos filosóficos e institucionales y legales, indagando el papel del derecho constitucional en la organización de cada uno de los regímenes históricos, para lograr una perspectiva crítica de los esfuerzos del Tribunal Supremo en crear un nuevo régimen constitucional en el siglo XXI. En Empirical or Historical Studies of New Haven: Individual Research (3 créditos), Robert C. Ellickson ofrece a los alumnos la posibilidad de investigar sobre la referida disyuntiva. History in Constitutional Interpretation (2 ó 3 créditos) es un seminario que corresponde a Reva Siegel y que desarrolla el papel de la historia en la interpretación jurisprudencial, con atención al modo en que los argumentos constitucionales varían en función del juez o político que los utilice. Se estructura en dos partes. En la primera, se ocupa del aludido papel de la historia en el ámbito judicial, apelando, por ejemplo, a la costumbre o a la conciencia colectiva; mientras que en la segunda, se detiene en la historia a la hora de considerar la vida de la Constitución al margen de los tribunales. Finalmente, en el seminario de Henry B. Hansmann y Benjamin Polak, State, Law and Market: Historical Perspectives (2 créditos) se examina la literatura contemporánea relativa a la historia de la economía, el derecho y la organización económica, desde las antiguas civilizaciones hasta el presente. El énfasis se sitúa en comprender la evolución de las instituciones jurídicas y de la actividad económica gubernamental.
Por otra parte, Administrative Law (3 créditos), de Robert W. Gordon, ofrece al alumnado una breve historia del derecho administrativo; del mismo modo que lo hacen, respecto al constitucional, Theories of Constitutional Structure (3 créditos), de Victoria F. Nourse, o el seminario Islamic Law and Society (3 créditos), de Bernard Haykel, en relación al derecho islámico. Comparative Law (3 créditos) plantea el contraste entre el sistema legal americano y el continental europeo partiendo de la fundación histórica de la cultura jurídica continental, remontándose al derecho romano, así como al desarrollo y declive de la codificación en el occidente europeo. Se explica por Mirjan R. Damaska. En línea similar, Criminal Jury (3 créditos), a cargo de Abraham S. Golsdein, examina la historia de la institución del jurado y Federal Indian Law (3 créditos), del profesor visitante Steven J. Gunn, explora los principios fundacionales y las doctrinas que inspiran las relaciones jurídicas y políticas entre EE.UU., las tribus indígenas y otros Estados. En los cursos de Jurisprudence (3 créditos), que imparte Scott Shapiro, y Sentencing (3 créditos), que corresponde a las profesoras Kate Stith y Nancy Gertner, se utiliza, asimismo, una perspectiva histórica; de la misma manera que en Groups, Diversity and Law (2 ó 3 créditos), de Peter H. Schuck, se expone la historia de la diversidad como ideal. Alguna conexión histórica tiene el curso The Rule of Law (2 ó 3 créditos), de Jan Ginter Deutsch, que se remonta a Sócrates y al método socrático en el análisis filosófico. En metodología, fuentes e historia legislativa incide Advanced Legal Research: Methods and Sources (3 créditos), impartido por S. Blair Kauffman, Robert D. Harrison y Stephanie Davidson. Hay un seminario que describe el pasado y el presente de la regulación de la educación superior pública. Se trata de Seminar on University Governance: Public Regulation of Higher Education in the United States (2 ó 4 créditos), cuya carga docente se adjudica a Kate Stith.
De nuevo observamos que, respecto al bienio 1999 - 2001, han desaparecido algunas materias histórico-jurídicas. Entonces, existía Historical Perspectives on Women and the Law (3 créditos), seminario que pretendía trabajar en la discriminación legal de la mujer, considerando su estatus tradicional desde el punto de vista histórico. Para ello se ocupaba del ámbito social, familiar, laboral o sexual y se analizaban las experiencias de mujeres concretas como miembros de diversos grupos sociales. También era posible optar por la History of the Yale Law School, partiendo de su condición de mejor "law school" con una historia que permite profundizar en los documentos que la han ubicado en el lugar que posee en la actualidad. No menos atrayente, en cuanto a su contenido, era The Book of Job and Injustice, que indagaba en los injustificables sufrimientos vividos por la humanidad en la última centuria, poniendo como ejemplo el holocausto nazi, que llevan al ser humano a plantear interrogantes semejantes a los de Job, en el sentido de cómo es posible que Dios haya dejado que esto suceda. ¿Qué justicia hay en el universo que lo permite? ¿Cuál es el ideal de justicia? El enfoque es un estudio de las perspectivas ofrecidas en el libro de Job comparando el sentido bíblico de la justicia con el imperante a lo largo del siglo XX. Finalmente nos interesaba Urban Legal History: The Development of New Haven donde se explicaba de qué forma los ciudadanos colaboran para obtener ventajas urbanísticas para todos. Se partía del desarrollo físico de New Haven, desde 1638 hasta nuestros días, en concreto, su estructura urbana, subdivisiones, calles, zonas verdes, control de la calidad y uso de los edificios, diversos lugares públicos, poniendo especial énfasis en los esfuerzos desde 1940 para mejorar las instalaciones de carácter público y el vecindario.
La Universidad de Michigan fue fundada en 1817 y en 1859, su Facultad de derecho, que ocupa un séptimo puesto en el "ranking" antes aludido, siendo una de las más antiguas de EE.UU. El primer decano fue Thomas M. Cooley, destacado por su papel de magistrado del Tribunal Supremo y por la autoría de un tratado definitivo en materia de derecho constitucional americano. Desde sus orígenes, no ha sido una institución local, sino que ha dado cabida a estudiantes de todo el país, sin ninguna discriminación por razón de raza y sexo11. En la actualidad, la pretensión de la Universidad de Michigan es dotar a los estudios jurídicos de una interdisciplinariedad, basándose en la creencia de que la capacidad para solucionar un conflicto es algo más que el resultado del desarrollo intelectual, requiriéndose, además, una adecuada formación a nivel práctico. Los conocimientos básicos se aportan en el primer curso, donde el alumno comienza a desarrollar un profundo escepticismo crítico y la habilidad para afrontar los problemas con múltiples perspectivas, de modo que, al acabar dicho año, puede no solo sentar criterios, sino responder a las mejores argumentaciones contra los mismos. En este momento está capacitado para elegir una especialización. En el catálogo oficial hay un listado de las asignaturas y seminarios (al margen de prácticas y clínicas) que se ofertan o que se ha ofertado recientemente. Así, se ofrecen como optativas de primer curso, directamente relacionadas con nuestra disciplina, American Legal History, English Legal History, Bloodfeuds, European Convention on Human Rights, History of the Criminal Trial y Roman Law. Cierto contenido histórico presenta Introduction to Constitutional Law que se impone como obligatoria en el primer año académico. Después del primer curso, las materias son totalmente electivas. Aquí el elenco es mucho más amplio, pero, nuevamente, se incluyen American Legal History, Bloodfeuds, English Legal History y, al margen, puede interesarnos Asian Americans and the Law, American Indian Law o Jewish Law. Entre los seminarios figuran American Legal Tradition, History of Criminal Justice, History of Criminal Trial, Islamic Law, Foundations of Western Legal Thought, European Convention on Human Rights, The Origins and Development of the Corporate Forms, Legal History Workshop, Historical Aspects of Development of Human Rights Law, Roman Law, Earliest English Laws in the Original, Liberalism and its Critics, Theoretical Problems in History of Tort Law o Women's Legal History. Podemos afirmar que las materias con contenido iushistórico superan en número a las de otras facultades norteamericanas.
En el curso 2003 - 2004 se oferta _con las características que acabamos de indicar_ Introduction to Constitutional Law (4 créditos) que analiza, nomía actual, planteándose el ejercicio del poder a través de la historia con base en el contexto doctrinal y en el propio desarrollo de la Constitución. Se imparte por Joan L. Larsen y Daniel H. Halberstam (otoño 2003), Richard D. Friedman, William van Alstyne y Richard A. Primus (invierno 2003) y Kim Forde - Mazrui y Richard A. Primus (invierno 2004). Para el mismo año académico figura, como optativa de cursos superiores, English Legal History (3 créditos): exposición de la evolución histórica de las instituciones más características del sistema del Common Law _precedente, jurado, división entre ley y equidad_ y de la historia doctrinal del derecho penal, contractual y de propiedad; aunque atiende, preferentemente, a periodos tempranos considera también el avance del derecho privado en el siglo XIX (corresponde a Alfred W. Brian Simpson). Con las mismas características (asignatura optativa, no del primer año), American Indian Law (3 créditos) aspira a reseñar los cambios experimentados en la percepción americana de sí misma. Se asume que hay tres niveles de gobierno: federal, estatal y local y que cada uno tiene sus propias bases, siendo la América india la única excepción a dicho modelo, por estar definida por criterios étnicos que constituyen una cuarta categoría de gobierno que llega, en algunos aspectos, a ser superior al federal y, a menudo, igual en autoridad al estatal y todo con una considerable base histórica. Las tribus indias reconocidas poseen su propio gobierno y poder sobre los habitantes de su territorio que incluye la posibilidad de exigir impuestos, regular la propiedad o definir las conductas punibles. Es impartida por David Harding Getches. En idénticas condiciones se encuentran otras disciplinas como Bloodfeuds (3 créditos) donde se desarrolla la institución germánica de la venganza de la sangre que se presenta como una investigación de las disputas y venganzas familiares, a cargo de William I. Miller; Asian Americans and the Law (3 créditos), de Frank Hua - Young Wu, que plantea el papel de este colectivo en la historia jurídica americana y los efectos presentes y pasados de la ley sobre los inmigrantes asiáticos o Jewish Law (2 créditos), que imparte Roderic M. Glogower, que profundiza en las fuentes del derecho judío y en la tensión dinámica entre inmutabilidad y cambio, permanencia y adaptación, constancia y evolución que lo configuran.
Con la categoría de seminario se ubica History of Criminal Justice (2 créditos)12 que, desde la perspectiva legal y la consideración social, resume la historia de la penología y de las teorías relativas a la responsabilidad criminal; así como el conflicto entre el formalismo de las normas jurídicas y las permisivas e informales actitudes sociales. Se examinan los principales aspectos de la historia de la justicia penal en América, principalmente en el periodo posterior a 1850, describiendo las ideas e instituciones del sistema penal, contando como material con los trabajos más recientes sobre el papel de la justicia penal en la sociedad americana. Es impartido por Thomas A. Green13 Legal History Workshop (2 créditos) se plantea _también como seminario_ por Susanna L. Blumenthal y Thomas A. Green desde la interdisciplinariedad al ofertarse no solamente a los alumnos de la Facultad de Derecho, sino también de Literatura, Ciencias y Artes, tratando de situar el desarrollo jurídico en un contexto social, político, intelectual y cultural con el análisis de cuestiones sustantivas y metodológicas y reconduciendo históricamente asuntos como la intersección del derecho y el estudio de la raza, género, etnicidad y clase. En The Origins and Development of the Corporate Forms (2 créditos), Reuven S. Avo-Yonah contempla la sociedad como entidad legal separada de sus accionistas y elemento fundamental de las modernas economías, con sus derechos a la propiedad, a entablar acciones legales, a celebrar contratos; sin perder de vista la existencia de una administración independiente de los accionistas, la habilidad de éstos de disponer de sus acciones sin afectar a la corporación, la existencia ilimitada o la limitación de responsabilidad. Muestra cómo el origen se encuentra en la "universitas" romana, en los municipios, universidades y otras entidades corporativas de la Edad Media y el máximo desarrollo en los siglos XVIII y XIX en Inglaterra y en América, llegando a las modernas multinacionales. Es responsabilidad de Alfred W. B. Simpson el seminario de Historical Aspects of Development of Human Rights Law (2 créditos). Se parte de que hoy en día es difícil abrir un periódico que no contenga referencia alguna a la protección internacional de los derechos humanos; por este motivo, se tratan de analizar los antecedentes de dicha protección anteriores a 1939, atendiendo al amparo "doméstico" por las constituciones, a la supresión de la esclavitud, al auxilio de las minorías, al supuesto derecho de intervención humanitaria y a los orígenes del derecho internacional humanitario. Se toma en cuenta el movimiento iniciado durante la Segunda Guerra Mundial que llevaría el germen de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. Se concluye con el examen del origen de la Convención Europea de 1950 y las dificultades de un convenio de las Naciones Unidas de derechos humanos a partir de 1966. En particular, se detiene en la historia del derecho de petición individual y en la evolución de los mecanismos institucionales. Más novedoso se presenta el seminario Women's Legal History (2 créditos), a cargo de Jill Elaine Hasday, que examina la relación histórica entre la mujer y la ley en EE.UU. El énfasis se sitúa en el siglo XIX y principios del XX cuando el primer movimiento organizado de mujeres ocasionaría cambios en la tradicional subordinación legal de la mujer. Se centra en el estatus de la mujer libre, matrimonio y maternidad bajo la esclavitud, el despegue del primer movimiento feminista, las relaciones entre el primer movimiento de derechos de la mujer y los esfuerzos de los derechos civiles en nombre de los afroamericanos, violación en general y dentro del matrimonio, sufragio, salud, seducción y prostitución, aborto, violencia doméstica, la situación legal del trabajo de la mujer en casa y la relación, desde el punto de vista histórico y jurídico, entre género y orientación sexual. Cierta incidencia iushistórica tiene el seminario Islamic Law (3 créditos), de Sherman A. Jackson, que introduce al alumno en el desarrollo de la clásica teoría jurídica islámica en diversas áreas con proyección en derecho positivo (matrimonio, divorcio, aborto, custodia…).
Entre las materias que, aunque incluidas en el catálogo general, no se ofertan para el curso 2003 - 2004 se encuentra Roman Law (3 créditos) que, como hemos indicado, se situaba dentro de las disciplinas optativas de primer curso y entre los seminarios de carácter iushistórico: el profesor Bruce W. Frier se detiene en el derecho privado romano, describiendo las fuentes, desde las Doce Tablas hasta Justiniano, y prestando especial atención a las relaciones entre el sistema legal y los aspectos sociales, políticos y económicos de la vida romana, así como al procedimiento, contratos, delitos o propiedad. En idénticas condiciones aparece History of the Criminal Trial que desarrolla el procedimiento penal en el derecho angloamericano y sus radicales cambios de naturaleza a través de los siglos. El punto de partida son los estudios contemporáneos sobre el papel del juez y del jurado, sin obviar la relación entre crimen y sociedad que ha atraído la atención de modernos historiadores con interpretaciones muy diversas según la perspectiva marxista o conservadora. En situación similar figura European Convention on Human Rights como introducción al estudio de Convención Europea: sus orígenes históricos y su evolución posterior gracias a la labor jurisprudencial, sin olvidar las perspectivas de futuro. Como optativa de primer y segundo año se ubica (igualmente en el catálogo, pero sin ofertarse para el 2003 - 2204) American Legal History que presenta la interacción entre derecho y cultura en la historia americana, a partir de la Revolución hasta el "New Deal", exponiendo una serie de tópicos como el origen y naturaleza del derecho, democracia, emancipación, libertad contractual, distinción público/privado, esclavitud, individualismo versus responsabilidad social, crimen, castigo, o concepto de la profesión legal. Como material se utilizan tanto las fuentes, tratados, estatutos y constituciones, como casos concretos y obras literarias que permitan situar dicho material legal en un contexto cultural. El análisis de la literatura en torno a la explicación y racionalización del desarrollo histórico de la legislación moderna sobre la responsabilidad extracontractual es el objetivo específico del seminario Theoretical Problems in History of Tort Law (2 créditos). Las fuentes están constituidas por numerosos datos de los siglos XIX y XX, incluyendo algunos más remotos como, por ejemplo, el caso de Thorns del año 1466. Como seminario, American Legal Tradition (3 créditos) incide en la historia legal americana, desde la época colonial hasta principios del siglo XX, y en cómo se refleja en recientes libros y artículos, teniendo en cuenta las tensiones entre la formalidad de las leyes y las aptitudes sociales, los cambios en los conceptos respecto a la naturaleza y las fuentes del derecho, el comportamiento humano, las ideas sociales y jurídicas de la responsabilidad criminal y las relaciones entre el desarrollo socioeconómico y los asuntos de clases, género y raza. Es responsabilidad de Green. Otro seminario que no tendrá lugar en el 2003 - 2004 es Earliest English Laws in the Original (2 créditos): introducción al lenguaje legal primitivo contenido en los pasajes bíblicos, vidas de santos y poemas épicos. Se trata de sondear qué significa legislar en el año 600 antes de Cristo y por qué se hacía. En Liberalism and its Critics se analiza la teoría política histórica y la contemporánea y en Foundations of Western Legal Thought (2 créditos) se pretende ofrecer a los alumnos un foro en el que leer y pensar acerca de un conjunto de obras relativas al desarrollo del pensamiento político y jurídico americano utilizando a Hobbes, Locke, Montesquieu, Rousseau, Burke, Jefferson y Madison. Por su parte, Sovereignty and Federalism examina, con apoyo jurisprudencial, la clásica cuestión del reparto de poder entre el Gobierno Federal y los Estados, así como los diferentes argumentos sobre el federalismo14.
Tomando como referencia simbólica el año académico 1991 - 1992 podemos comprobar como el elenco de disciplinas iushistóricas se ha visto reducido considerablemente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Michigan. Así, dentro del área de derecho constitucional y de historia del derecho, y para cursos más avanzados, existía un seminario de dos créditos, History of Democratic Theory in Political Thought and American Constitutional Law, del que se ocupaba Richard H. Pildes, basado en las concepciones históricas de la democracia según los principales teóricos de la misma (federalistas, antifederalistas y teorías más modernas), incluyendo las ideas clásicas de Tocqueville, Mill, Rousseau o Dewey. En el área de derecho internacional privado se ofertaba otro seminario (también de 2 créditos) relativo a Home of the Brave: American Use of Force Since World War II, desarrollado por Joseph Weiler que se detenía en la participación de Norteamérica en la IIª Guerra Mundial. Más específicos eran los ubicados en el área de historia del derecho y Antropología Legal, destacando los cursos de Anglo-American Legal History to 1850 (3 créditos), en torno a la evolución de las instituciones jurídicas en los siglos XVI y XVII en Inglaterra y en América, desde la época colonial hasta 1850, con especial atención a los orígenes históricos del proceso judicial, los movimientos a favor de la reforma del Common Law y su recepción en América o el despegue de la profesión de abogado _este curso se impartía también como seminario, pero debe ser elegido de una u otra forma y nunca de ambas_; American Legal History since 1850 (2 ó 3 créditos), consistente en un análisis de la mayor parte de aspectos de la historia del derecho, instituciones e ideas jurídicas, desde 1850 hasta nuestros días, teniendo en cuenta los aspectos constitucionales y el impacto político y económico en el derecho público y privado, la profesión jurídica y las discusiones doctrinales y aptitudes sociales frente al problema de las libertades humanas _tanto éste como el anterior eran responsabilidad de Thomas Andrew Green_; History of Modern American Legal Thought (2 créditos); European Legal History (2 créditos), a cargo de Mathias W. Reimann, que pretendía que el alumnado se enfrentase a la lectura y discusión sobre temas relacionados con la expansión del derecho de la Europa continental desde la Edad Media hasta el siglo XX, intentando comprender la cultura legal del "Viejo Mundo", contemplando el derecho germánico, feudal, la recepción del derecho romano en las Universidades, el Estado moderno, las escuelas de derecho natural, primeras codificaciones y el desarrollo jurisprudencial en los siglos XIX y XX; Nineteenth Century Legal History (2 créditos) donde el prof. Simpson enfocaba la transformación del Common Law en este periodo, tanto en los Estados Unidos como en Gran Bretaña o Law and Society in American History (2 créditos), de Carl E. Schneider, que conectaba el influjo de los cambios sociales en la evolución legislativa y la interacción entre ambos; por ejemplo, la relación entre la vida familiar y el uso de la ley criminal en el control de la conducta moral. Por otro lado, veíamos también The Supreme Court in Time of Turmoil, 1930 - 41 (2 créditos), de Friedman, y Legal Anthropology (2 créditos), enfocado por Miller como una antropología de la violencia. Podía resultarnos, igualmente, de interés el curso Asian Legal Systems (3 créditos) que presentaba los sistemas legales chino y japonés comenzando por situarlos desde el punto de vista histórico, para incidir posteriormente en la moderna historia legal china o el seminario Greek Law and Retoric (2 créditos) en cuanto estudio de la antigua retórica griega y del derecho de la Atenas clásica. En el programa oficial para el año 2000 - 2001, aparecían dentro del elenco de materias histórico-jurídicas (no en el primer año obligatorio), entre otras, las asignaturas de American Indian Law, American Legal History, Bloodfeuds, English Legal History, History of Criminal Justice in America, o Jewish Law y entre los seminarios, American Legal History, Earliest English Laws in the Original; Foundations of Western Legal Thought, Historical Aspects of Development of Human Rights Law, Liberalism and Its Critics, Origins and Development of the Corporate Form, Roman Law, History of Democratic Theory in Political Thought and American Constitutional Law, American Legal Tradition, History of Criminal Justice in America, Sovereignty and Federalism y English Legal History. Como vemos, el panorama era ya bastante más similar al actual, aunque había materias que hoy han desaparecido como, por ejemplo, el seminario de History of American Legal Thought15 (2 créditos) donde se pretendía facilitar a los estudiantes la investigación de la específica contribución estadounidense al desarrollo de las teorías jurídicas, tomando como punto de partida la creencia del siglo XIX en la ciencia jurídica, para pasar al movimiento realista americano y finalizar con los estudios de talante crítico. Otro seminario, ya inexistente, era el de Selected Topics in English Legal History (2 créditos), que se detenía en la historia de los procedimientos penales, de gran interés para los historiadores sociales y iushistoriadores, mostrando cómo el procedimiento moderno emerge directamente de sus desconocidos comienzos. Una escuela de investigadores, cuestionados por los críticos marxistas, considera el juicio penal como instrumento en manos de las clases opresoras. Además, se analizaba la naturaleza del crimen, el papel del interrogatorio y de la autoincriminación; así como las penas, en particular, la de muerte. Lo mismo sucede con Legal History: Regulation of Sexuality (2 créditos) que exploraba la regulación legal de la conducta sexual consensual con atención a la legislación americana del siglo XIX. Tras varias aproximaciones teóricas a la reglamentación jurídica, incluyendo aspectos económicos, estructurales y análisis feministas, se efectúan acercamientos a la historia legal sin obviar aspectos doctrinales, planteando temas como el matrimonio, bigamia, sodomía, violación, estupro, prostitución, etc. y cómo los ordenamientos jurídicos contienen aspectos raciales, de clases y de orientación sexual.
En la University of Pennsylvania, la Facultad de Derecho _con un octavo puesto en el "ranking"_ se funda en 1790, correspondiendo la primera clase a James Wilson, uno de los firmantes de la Constitución de EE.UU. Para nuestro interés, en el año académico 2003 - 2004, se oferta American Legal History que describe la relación entre derecho y sociedad en América, desde el siglo XVII hasta finales del XIX, incidiendo en tópicos como la esclavitud, el impacto de la industrialización en el derecho privado, el cambio en el estatus de la mujer y los determinantes sociales y económicos para la resolución de conflictos. La imparte Bruce Mann. Una aproximación histórica al conflicto de leyes se realiza en el curso Conflicts of Law, cuyo responsable es Kermit Roosevelt. En el seminario Blasphemy: Religion Right, and Difference in America, Sarah Barringer Gordon se remonta a la época colonial hasta llegar al presente. El curso de William Ewald, Comparative Law, efectúa una introducción a los sistemas legales europeos con una perspectiva histórica, desde el derecho romano hasta nuestros días. Mayor interés nos despierta la asignatura del mismo William Ewald, Foundations of the American Legal System, al presentar el desarrollo teórico en un contexto histórico. Kim Lane Scheppele pone su esfuerzo en la comprensión de la historia del constitucionalismo liberal, en la tradición del contrato social y en otras alternativas como el feudalismo, el imperialismo o los sistemas autoritarios. Un breve repaso a la historia de la inmigración en Estados Unidos ofrece Inmigration Law, de Howard F. Chang. De manera similar, tienen alguna incidencia en materia iushistórica los cursos International Human Rights, de Harry Reicher, que analiza la evolución de los derechos humanos; Jurisprudence, de Claire Fikelstein; Land Use Law; Law and Society in Japan, de Eric A. Feldman; Law of Counterterrorism Operations, a cargo de Jonathan M. Fredman; Natural Resources Law and Policy, impartido por Jason Johnston; Research in Federal and State Law, de Ronald E. Day, que incluye historia legislativa; Terrorism and Democracy donde Kim Lane Scheppele expone la historia del terrorismo o los seminarios Juvenile Justice que desarrolla el sistema de justicia juvenil en EE.UU., a partir de la fundación de su tribunal específico en 1899 _es explicado por Sandra Bertie Simkins y Laval Miller Wilson_; Legal Construccion of Indian Country, cuyo docente es Eric Cheyfitz, que cifra su atención en la evolución histórica del derecho indiano federal; Selected Approaches to Current Problems in Civil Procedure y Statutory Interpretation, ambos responsabilidad de Catherine Struve quien no obvia la perspectiva histórica; Urban Policy Past and Present (de Wendell Pritchett) que examina históricamente la política federal, estatal y local en los núcleos urbanos y Welfare Law, impartido por Hirsch, que no olvida la historia del sistema sanitario en EE.UU., con referencia a los avances legislativos. De elevado contenido histórico es la asignatura Law and the Holocaust, a cargo de Harry Reicher, donde se utiliza el derecho comparado, la jurisprudencia y el derecho constitucional para describir la filosofía del derecho nazi y su influjo en la perversión del sistema jurídico alemán, caracterizado por la discriminación, el ostracismo, la deshumanización y la persecución de una raza para su extinción. Además se estudia el papel del derecho internacional para tratar de rectificar los daños ocasionados en orden a la justicia y construcción de un sistema legal que prevenga una situación similar. El curso se centra en los siguientes aspectos: 1) el holocausto y la barbarie, 2) la ideología que lo hizo posible: teorías nazis sobre la raza y papel del Estado, 3) el sistema legal nazi en acción (leyes que plasman las anteriores teorías y papel de los jueces en su aplicación e interpretación), 4) jurisprudencia, 5) la respuesta del sistema internacional: castigo de los crímenes contra la humanidad en Nuremberg y evolución de los derechos humanos a nivel internacional en defensa de la igualdad y dignidad humana, en antítesis directa con la filosofía racista nazi, 6) lecciones para el siglo XXI: casos de la historia contemporánea (Yugoslavia, Ruanda…) que llevan a cuestionar si realmente la humanidad aprendió de lo que supuso la Alemania nacionalsocialista. Original se presenta el seminario Oral Legal History Project donde Edwin Greenlee tratará de formar a un máximo de ocho alumnos en contar historias (orales) de alumnos distinguidos de la Facultad de Derecho o de miembros de la comunidad jurídica que han tenido un impacto en la Facultad o en la vida de Filadelfia. Los referidos cursos y seminarios tienen carácter optativo.
En los programas de estudios de la Facultad de Derecho de la Cornell University _que se encuentra en el décimo lugar en el "ranking"_ del año 2002 - 2003 figuran las siguientes disciplinas con contenido histórico-jurídico: History of Common Law, American Indian Law, American Legal History: From the Revolution to the Civil War, Roman Law and Modern Civil Law Systems, Foundations of Criminal Law, Introduction to French Law y Origins of English and American Law. Otorgan gran importancia a la incidencia del factor religioso dentro de las enseñanzas jurídicas al tener tres seminarios dedicados al mismo: Constitutional Law II: The First Amendment, The Religión Clause of the First Amendment y Biblical Law que vienen a coincidir, en parte, con la materia de Libertades Fundamentales que se estudia en las Universidades francesas. De hecho esta Universidad tiene un programa conjunto de "Maîtrise en Droit" con la Université de Paris I, Panthéon - Sorbonne, cuyos participantes cursan los dos primeros años en la Cornell Law School y los dos siguientes en la Universidad parisina. Además se caracteriza por ser pionera en la aplicación de las nuevas tecnologías a las enseñanzas universitarias. El currículum de los estudios histórico-jurídicos refleja los principales aspectos de la educación legal americana: teoría del derecho, feminismo, o economía. Al igual que en el resto de facultades se exigen tres años para alcanzar la licenciatura en derecho: hay un primer curso con una serie de materias obligatorias y un segundo y tercer curso con asignaturas optativas.
La Universidad de Columbia fue fundada en 1754 como King's College por el rey Jorge II de Inglaterra. Es la institución de enseñanza superior más antigua de New York y la quinta de EE.UU. La primera clase fue impartida por Samuel Johnson en julio de 1754 ante ocho alumnos. La Revolución interrumpiría su desarrollo forzando a la suspensión de la actividad docente por un periodo de ocho años. Al reabrir sus puertas, en 1784, lo haría con el nombre de Columbia. En la segunda mitad del siglo XIX adquiriría la fisonomía de una Universidad moderna. El Oral History Movement de EE.UU. se iniciaría en Columbia en 194816. En la Facultad de Derecho _la cuarta en el "ranking"_, reorganizada de manera definitiva en 1858, el área de historia jurídica ofrece abundante material para la investigación interdisciplinar de ciertos tópicos como la conquista del nuevo mundo, la guerra civil, las soluciones para la discriminación o la propia historia del derecho y de las Instituciones, existiendo en la actualidad un programa conjunto de los departamentos de historia y derecho para aquellos estudiantes interesados en la investigación histórico-jurídica. Los dos años de estudios, originariamente establecidos para alcanzar la licenciatura, se incrementaron en 1888 a tres.
En el año académico 2003 - 2004 la oferta de asignaturas con contenido iushistórico se reconduce al curso de Louis Henkin y Gerald Neuman, Constitutionalism in Comparative Perspective (2 créditos) que describe la historia y evolución del constitucionalismo y de las teorías relativas al mismo; Comparative Law (3 créditos), de Alejandro Garro, expone el desarrollo del derecho civil, incluyendo las influencias del derecho romano y del movimiento codificador en la Europa continental, Japón y Latinoamérica. En Federal Civil Rights Law (4 créditos), Katherine Franke efectúa una introducción histórica a la era de la reconstrucción de las enmiendas constitucionales y de los estatutos de los derechos civiles. Por su parte, Louis Henkin aporta una perspectiva histórica, filosófica y analítica de la idea de derechos humanos, desarrollando, asimismo, los movimientos y la legislación internacionales atinentes a los mismos, en su curso Human Rights (3 créditos); del mismo modo que Jack Greenberg y el propio Henkin examinan la historia, teoría y fuentes, comparando el derecho internacional y el americano, en el de Human Rights, Constitutional Rights (2 créditos), incidiendo, en particular, en los derechos a la vida, libertad de expresión, libertad religiosa, igualdad y derechos sociales y económicos, prestando, además, atención a otros países. Asian American and the Law (2 créditos) es un seminario donde Frank Wu plantea la historia de este colectivo y los efectos presentes y pasados de la ley sobre los inmigrantes asiáticos. En los orígenes y fuentes del derecho islámico introduce el seminario, a cargo de Sherif Hassan, Islamic Law and Middle East Legal Institutions (2 créditos). A la investigación histórico-jurídica propiamente dicha se dedica John Witt en Research Seminar in Legal History (2 créditos), partiendo del material abundante del que dispone la Facultad y la propia Universidad. El mismo Witt en American Legal History (4 créditos) analiza los fundamentos históricos del derecho americano: constitucionalismo, ley de empleo y familia, profesión jurídica, guerra civil y reconstrucción, administración moderna, ley y sexualidad, racismo, historia del pensamiento jurídico americano, el "New Deal" y los movimientos de derechos civiles. Otra asignatura que podría interesarnos es Ideas of the First Amendment, cuya docencia se atribuye a Blassi, que trata de desarrollar y comprender las ideas centrales de la Primera Enmienda en relación a la libertad de expresión y a la libertad religiosa. El énfasis se pone en cómo estas ideas emergen en varios periodos históricos desde particulares esfuerzos jurídicos, políticos e intelectuales. Para ello se examinan ensayos filosóficos, decisiones judiciales y posiciones sostenidas por abogados en casos concretos. Entre otros, se tienen en cuenta las opiniones de John Milton, John Locke, Thomas Jefferson, James Madison, John Stuart Mill, Learned Hand, Oliver Wendell Holmes, Louis Brandeis y Charles Evans Hughes, así como los libros de Richard Polenberg, Fighting Faiths; Fred Friendly, Minnesota Rag y Anthony Lewis, Make No Law. En Perspectives on Legal Thought (3 créditos), Barbara Black analiza las influencias históricas y filosóficas en el sistema de valores que ha determinado la forma y funcionamiento de las instituciones jurídicas actuales. También utiliza una perspectiva histórica Lawrence Rosen, en el curso Anthropology and the Law (2 créditos), donde muestra la relación entre las instituciones jurídicas y los factores sociales y culturales que han influido en su desarrollo. El seminario Topics in Jewish Law (2 créditos), impartido por Saul Berman, se plantea como introducción a la historia y literatura del derecho judío, desde la Edad Media hasta nuestros días.
Quizás fuese esta Escuela de Derecho de la Universidad de Columbia la que ofreciese, en el 2000, a sus alumnos un mayor número de asignaturas y seminarios de historia y filosofía del derecho, un total de 27, de los cuales eran propiamente de historia jurídica los que respondían a los siguientes enunciados: 1) American Legal History, 2) American Indians and the Law, 3) Anthropology and Law, 4) Common Law in the New Republic, 1785 - 1825, 5) Constitutionalism in Comparative Perspective, 6) Historical Introduction to Common Law Literature, 7) Topics in Colonial and Early National Legal History, 8) Topics in Jewish Law, 9) U. S. Constitutional History o 10) Islamic Legal Institutions. Como vemos, algunos ya no se ofertan. En concreto, la disciplina de American Indian and the Law era impartida por el profesor Rosen y se ocupaba de examinar el desarrollo de la normativa de policía federal, la relación entre los Estados y los ciudadanos indios y cómo las principales líneas de acción judicial afectan a la población nativa. Se enfrentaba al problema de la designación de las tribus, su situación de dependencia, las reservas integradas por ciudadanos no sometidos a la Constitución americana y los conflictos de soberanía y jurisdicción, la relación entre la administración federal y el autogobierno indio y entre los individuos y sus gobiernos tribales, así como los diferentes acuerdos. No obviaba que el estudio de los principales problemas del derecho de los indios se encuentra profundamente afectado por la historia y la política. Además había un seminario, a cargo del profesor Moglen, Common Law in the New Republic, 1785 - 1825 relativo a la primera generación de Common Law desarrollada en EE.UU., tratando de entender la relación entre la ideología republicana y los cambios tecnológicos, jurídicos y actitudes hacia el derecho consuetudinario en el marco de la rápida expansión del Imperio americano. Tiene como destinatarios a aquellos que quieran "hacer historia", "no leerla". No obstante, ya no aparecía para el curso 2000 - 2001, del mismo modo que tampoco se ofertaba el seminario del profesor Neuman, U. S. Constitutional History que examinaba la particular identidad constitucional de EE.UU. como objeto de variadas disputas, dirigiéndose a los diferentes episodios históricos que han sido relevantes para la formación constitucional como, por ejemplo, la guerra civil. Resulta llamativo el incremento de las materias iushistóricas con el paso del tiempo, aunque con un ligero descenso en los últimos años. Así, si retrocedemos bastante en el tiempo y nos remontamos, por ejemplo, al año académico 1945 - 1946, nos encontramos con que para los alumnos de primer curso tan solo había una asignatura de contenido propiamente histórico jurídico, al margen de otras que pudiesen incidir _de forma tangencial_ en antecedentes históricos. Se trataba de la denominada Development of Legal Institutions que pretendía ofrecer a los estudiantes la historia del Common Law e instruirlos en los métodos históricos indispensables para cualquier abogado, con base en la relación entre la ley inglesa y la americana y enfatizando en los factores políticos, sociales y económicos que han influido en el desarrollo del ordenamiento jurídico. Ya en el tercer año, las materias de derecho comparado se ocupaban de la naturaleza de los sistemas legales extranjeros, además de permitir un análisis histórico de los mismos, apareciendo también una asignatura de derecho romano. Mayor interés, desde el punto de vista iushistórico, presentaban los cursos de investigación, destacando Research in American Legal History que partía de la legislación de la América colonial y su influjo en la evolución jurídica posterior, teniendo en cuenta los factores económicos y sociales. Se ofertaba a los alumnos graduados y a los de segundo y tercer año con el permiso del correspondiente tutor. En la misma línea, se encontraba Research in English Legal History que exigía haber realizado el curso de Development of Legal Institutions o cualquier otro equivalente. Se completaba la oferta iushistórica con Research in Roman Law para alumnos que hubiesen aprobado derecho romano y tuviesen conocimientos mínimos de la lectura del latín y de francés, alemán o italiano.
La Universidad de Chicago se funda en 1890 por la American Baptist Education Society y el magnate del petróleo John D. Rockefeller quien, más tarde, diría que era la mejor inversión que había realizado. Frederick Rudolph, profesor de historia en el William College, afirmaría en 1862 que la fundación de la Universidad de Chicago había sido el episodio más importante para la educación superior americana. En 1929, bajo la dirección de Robert Hutchins, es cuando se introducen los mayores avances e innovaciones y se dota a la enseñanza de un carácter interdisciplinario. Para nuestro interés, la School of Law de la University of Chicago _sexta en el "ranking"_ ofrece con carácter optativo para el curso 2002 - 2003 _al margen del primer año académico_ el seminario de Women's Legal History que imparte Jill Elaine Hasday, con el mismo contenido del que (como vimos) oferta la Universidad de Michigan a cargo de la misma profesora; History of the Law of Use of Land, que corresponde a John F. Hart, donde se expone la tradición histórica (a veces olvidada) de control social de los terrenos privados en América con el fin de proteger especies y recursos naturales, lograr el desarrollo urbano, imponer una estética uniforme en la construcción de edificios y facilitar el control; European Legal History: from the XIIth Century to Codification, de R. H. Helmholz; Evolution of Legal Theory, responsabilidad de Frank H. Easterbrook y Roman Law, de Richard A. Epstein, que describe las fuentes y el procedimiento del derecho privado romano, seguido de un examen del sistema institucional romano como base de los modernos códigos civiles. Hay otras asignaturas que, de forma marginal, presentan algún contenido iushistórico como Comparative Law, de Seidman, que examina la historia de los principales sistemas jurídicos del mundo, en especial, europeos y japonés; Constitutional Law III: Equal Protection and Substantive Due Process, cuya carga docente se atribuye a Barack H. Obama y David A. Strauss, que toma en cuenta la historia de las enmiendas a la Constitución posteriores a la Guerra Civil; Legislative Process, donde Elizabeth Garret matiza el uso de la historia legislativa en la interpretación estatutaria o Human Rights III: Current Issues in Human Rights que se dirige tanto a los estudiantes de derecho como a los de Medicina y se detiene en la evolución de los derechos humanos, a nivel internacional, a partir de la IIª Guerra Mundial, sobre todo en el campo médico y ético. Se imparte por Susan Gzesh y por Kirschner. Una breve consideración a la historia del derecho laboral realiza Richard A. Epstein en el curso Labor Law; del mismo modo que Barack H. Obama examina la historia del derecho al sufragio en EE.UU., en Voting Rights and the Democratic Process. En línea similar, se sitúan los seminarios de Constitutional Decision Making, impartido por Geoffrey R. Ston; Federalism and Globalization: Insurance Regulation in the Modern Financial Services Marketplace, de Shapo o Inmigration Policy and Law, de Susan Gzeshque. Todos ellos analizan historia legislativa. En particular, la profesora Davis presenta, en el seminario Slavery, la historia de la esclavitud en EE.UU. como más controvertida que la esclavitud en sí misma. Existe la posibilidad de que los estudiantes de la Facultad de Derecho opten por cursos de otros Departamentos. En concreto de historia podrían elegir: Seventeenth - Century America; XIXth Century Africa - American History; Slavery to Fredoom; U. S. Women's History: U. S. Since the New Deal y de Antropología, podría interesarnos The Family and Society: Historical and Comparative Perspectives. Además, existe un Programa específico de Legal History que tiene como objetivo la investigación y estudio en este campo.
Del conjunto de materias iushistóricas que aparecían para el 2000 - 2001 en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chicago, han dejado de ofertarse, entre otras, American History, Philadelphia 1787 Revisited, English Legal History, Biblical Law o Intellectual Foundations of Property Law. Por otra parte, hay otros cursos y seminarios que figuran en el listado oficial, pero no han sido ofrecidos en el curso 2002 - 2003 como The Language of Rights in Eighteenth - Century America, a cargo de Slauter, donde se presta atención a los orígenes y significado histórico de las primeras diez Enmiendas de la Constitución americana; Marriage, de Mary Anne Case, que toma en consideración la historia del matrimonio; Problems in Supreme Court History, de Hutchinson; Research in English Legal History, de R. H. Helmholz, que propone la investigación de la historia del derecho inglés, comparándolo con el continental; Separation of Church and State, impartido por Philip Hamburger, como estudio histórico del concepto de separación Iglesia/Estado, especialmente en América, desde mediados del siglo XVII a mediados del siglo XX. Al mismo profesor correspondía Survey of American Legal History (1620 - 1939). Es de destacar la Biblioteca _D'Angelo Law Library_ con más de 650.000 volúmenes y un conjunto considerable de materiales jurídicos extranjeros. Es propósito de la Facultad de Derecho lograr la relación entre el derecho y otras disciplinas (economía, historia, filosofía, y ciencia política) y la interacción de la ley con su contexto social y humano, adaptando los nuevos avances tecnológicos para este fin. De este modo, el currículum presta especial atención a relevantes aspectos de la economía, historia jurídica, derecho comparado, psiquiatría, o estadística.
La Facultad de Derecho que ocupaba un segundo puesto en el "ranking" era la de Stanford. En 1885, su fundador, Leland Stanford escribiría que la misión de la Universidad era enseñar la libertad regulada por ley e inculcar el amor y respeto por los grandes principios de gobierno. El 1 de octubre de 1891 la Universidad de Stanford abría sus puertas. El primer año de estudios jurídicos pretende introducir a los estudiantes en las instituciones, en el razonamiento jurídico y en el análisis de casos, enfatizando en las decisiones judiciales. En los siguientes años, los cursos y seminarios son optativos. Aquí el elenco de materias iushistóricas para el año académico 2002 - 2003 se reconduce a Constitutional History, así como al seminario de History and Constitutional Interpretation donde se examina cada una de las intersecciones entre derecho e historia de cara a los debates constitucionales del siglo XVIII, considerando las principales controversias en la historia constitucional; sin obviar la discusión de casos particulares donde la historia ha desempeñado un papel activo. Se imparte por Jack Rakove. En History and Future of the New Deal se parte del año 1930 como momento clave en la historia constitucional, administrativa y social de EE.UU. En este curso Michele Landis Dauber resume los principales acontecimientos de este periodo y los subsiguientes cambios que impulsaría. No solo se detiene en la historia jurídica, sino también en el campo político y sociológico en cuanto han influido en el desarrollo de las instituciones. La tradicional asignatura de History of American Law trata de cubrir la evolución de las instituciones jurídicas americanas con particular atención al crimen y su castigo, esclavitud, regiones entre razas, papel del derecho en el desarrollo de la economía y lugar que ocupan los abogados en la sociedad americana desde la época colonial a nuestros días. Corresponde la docencia a Lawrence M. Friedman. Finalmente, Federal Indian Law ofrece una panorámica de este sector del ordenamiento jurídico a través del estudio de casos, estatutos y material histórico, poniendo el énfasis en las relaciones entre tribus, Estados y gobierno federal, así como en el desarrollo económico, libertad religiosa y justicia.
La Universidad de Virginia abriría sus puertas a los estudiantes en 1825, siendo fundada la Facultad de Derecho en 1826 por Thomas Jefferson e impartida la primera clase por John Taylor Lomas. A partir de 1909 se imponen tres años de estudios para alcanzar la licenciatura en derecho. La primera mujer en conseguir el título fue Elizabeth N. Tompkins, en 1923. Actualmente, la School of Law se sitúa en el noveno puesto del "ranking".
Para el año académico 2002 - 2003 se ofertan los seminarios International IFS: Historical Hypotheticals (3 créditos), del profesor J. Setear; Historic Preservation Law (3 créditos), a cargo de Larry Wenger, que se plantea a nivel federal, estatal y local, incidiendo en la política dirigida a la conservación de edificios y lugares históricos y comparando con programas de otros países y a nivel internacional; Colloquium in American Legal History (3 créditos), de Barry Cushman y Charles McCurdy, pretende que los alumnos lleven a cabo una lectura y discusión sobre ciertos tópicos seleccionados en la historia e historiografía jurídica americana: esclavitud, derecho de familia, inmigración, libertad de contratación, libertad de expresión, pensamiento legal y revolución atinente a los derechos civiles. A nivel de lectura y con la obligación de haber cursado, con carácter previo, Constitutional Law, se presenta, bajo la responsabilidad docente de Michael Klarman, Constitutional History I: Articles of Confederation to the Civil War (3 créditos) que enfoca el derecho constitucional con un punto de vista histórico, partiendo de la Guerra Civil y de decisiones judiciales. La misma categoría ostenta Introduction to Jewish Law (3 créditos), de G. Finder, donde se analiza el desenvolvimiento del derecho judío, su sistema de conceptos y valores desde la óptica moral, socioeconómica y política y su tradición jurisprudencial en dos áreas: derecho de familia y derecho penal, cubriendo temas concretos como matrimonio y divorcio, pena capital, el impacto del Holocausto y el derecho judío en el actual Israel. Finalmente, atrae nuestro interés el curso War Crimes, Crimes against Humanity, and Genocide (1 crédito), de Timothy McCormack, que describe el desarrollo histórico de la persecución de los crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio, con referencia a los Tribunales de Nuremberg y Tokio, incluyendo la responsabilidad criminal individual, jurisdicción universal y las diferencias entre las categorías de crimen internacional.
Para concluir con las diez mejores facultades de derecho americanas nos queda tan solo la que se sitúa en un quinto puesto. Se trata de la New York University, fundada el 18 de abril de 1831, siendo su Facultad de Derecho _creada en 1835_ una de las más antiguas de la nación y pionera en nuevos métodos de enseñanza en derecho y filosofía, así como en programas internacionales, ofreciendo oportunidades de estudio en varios campos especializados. Arthur T. Vanderbilt (decano entre 1943 y 1948) fundaría el Law Center que colabora tanto en las tareas formativas, como con los profesionales del derecho en la resolución de problemas jurídicos. Entre los seminarios, ofertados para el bienio 2002 - 2004, nos encontramos con History and Theory of International Law (2 ó 3 créditos), que imparte Benedict Kingsbury. Se explora el origen, a nivel intelectual, del derecho internacional contemporáneo, relacionando el pensamiento con la teoría jurídica, a través de Hobbes, Kant o Locke, insistiendo en temas específicos como soberanía, anarquía, sociedad, relaciones internacionales, colonialismo o modelos alternativos de orden internacional (particularmente del Este asiático). También como seminario aparece Readings in American Legal History (2 créditos), de John Phillip Reid, cuyo objetivo es introducir al alumno en la lectura y comentario semanal de obras significativas para la comprensión de la historia jurídica americana. Al mismo profesor corresponde el seminario y el curso American Legal History (2 créditos) que comienza en la época colonial y enfatiza en el siglo XIX para cubrir el área formativa del derecho americano, deteniéndose en la Independencia, la Constitución, el derecho relativo al "clan" y a la "sangre" entre los Cherokees, la legislación sobre esclavitud o el impacto de la Revolución Industrial. Para finalizar con los seminarios Readings in English Legal History (1 crédito), a cargo de John Baker, permite el examen y discusión de los trabajos de algunos de los principales historiadores del derecho inglés. Por otra parte, Professional Responsability: History of the Legal Profession (2 créditos) es un curso, donde William Nelson dibuja la historia de la profesión jurídica en el ámbito del Common Law desde la Edad Media hasta la adopción de las modernas reglas de responsabilidad profesional, a partir de la lectura de treinta situaciones históricas representativas que reflejan la propiedad de autorregulación de este campo profesional, así como la institucionalización de sus normas éticas que favorecen los intereses de los grupos que los abogados representan. En la asignatura English Legal History (2 créditos), John Baker efectúa una introducción general a la historia del Common Law, sus instituciones y doctrina, comenzando con la historia de los tribunales, acciones y procedimiento; para continuar con la de la profesión jurídica, legislación del suelo, contratos, responsabilidad extracontractual (con particular incidencia en la negligencia) y derecho penal. Con la categoría de "Colloquium" (2 créditos) se oferta Legal History Colloquium, bajo la dirección de Larry Kramer y William Nelson17, dirigido tanto a alumnos de la Facultad de Derecho como a los de Artes y Ciencias o Historia. En otoño del 2001 existía también el seminario Judicial Power: History and Theory, que impartían John Ferejohn y Pasquale Pasquino, considerando la teoría del poder judicial en la cultura occidental, analizando, en primer lugar, la legitimidad del poder; segundo, el lugar de la Administración de justicia en la doctrina constitucional de la separación de poderes y tercero, la expansión del poder judicial en la época contemporánea.
Aparte de las diez primeras Universidades, vamos a ocuparnos de algunas otras, más alejadas de las posiciones iniciales que, por su oferta de disciplinas iushistóricas, han despertado nuestro interés.
Desde su fundación en 1831, como primera Universidad pública del Estado, la Universidad de Alabama ha luchado por dotar a sus estudiantes de la educación mejor y más completa posible, teniendo en cuenta la competitividad cada vez mayor en cada campo. Para alcanzar la licenciatura en derecho se exigen _al igual que en las demás facultades_ tres años, dedicándose el primero a que los alumnos obtengan unas sólidas bases teóricas y analíticas, a completar con las materias electivas de los cursos sucesivos que le permitirán especializarse en un área en concreto. Para el curso 2002 - 2003 la Facultad de Derecho18, creada en 1872, oferta American Legal History (2 ó 3 créditos) que pretende mostrar la historia de los EE.UU. a través de diversos aspectos de la ley, la profesión de abogado, la educación jurídica y la evolución de los principios constitucionales. Se centra en el desarrollo legislativo y de las instituciones legales y en los modos en los que la ley y los conceptos jurídicos han desempeñado un papel importante en la historia americana. Mayor énfasis se le da al periodo de la Revolución, positivismo o etapas intermedias como la edad dorada, la era del progreso, el "New Deal" o la guerra fría. Legal Anthropology (2 ó 3 créditos), de Norman Singer, supone una consideración teórica del concepto de ley tal y como se aplica en las más pequeñas sociedades del mundo. En la historia de la banca incide Banking Law (2 ó 3 créditos); del mismo modo que también se analizan algunos aspectos históricos en Labor Arbitration (2 ó 3 créditos); en Law and Religion (2 ó 3 créditos); en European Union (2 créditos) o en Poverty Law (2 ó 3 créditos). Gran novedad supone American Labor Law History I (1 ó 3 créditos) que se ocupa de la legislación básica aplicable a los trabajadores en el periodo 1750 - 1900, desde el exclusivo punto de vista del trabajador. Se profundiza en las ideas asumidas por el derecho laboral del siglo XX, derivadas del derecho contractual, derecho de propiedad y derecho penal; así como en las decisiones constitucionales del siglo XIX de los tribunales federales. El curso incluye la lectura de fuentes primarias y secundarias y la muestra de diez a quince proyecciones documentales, además del empleo de técnicas de enseñanza alternativas como discusiones en grupo o escenificaciones, entre otras. Por su parte, American Labor Law History II (2 ó 3 créditos) se detiene en la historia de la legislación social en el siglo XX, igualmente desde la óptica del trabajador; en especial, en las circunstancias que dieron lugar a la National Labor Relations Act, en la labor legislativa federal (borradores, interpretación directa y consecuencias de la ley) y en la necesaria reorganización del lugar de trabajo. Durante el bienio 1998 - 2000 se ofrecía, además, Research Topics in American Legal History, dedicada a la exposición de contenidos generales en historia jurídica.
Encargados de las enseñanzas histórico-jurídicas en esta Facultad se encuentran, en primer lugar, Tony Allan Freyer que cuenta en su currículum con un Bachelor of Arts (1970) por la Universidad de San Diego y Master of Arts (1972) y doctorado en historia (1975) por la de Indiana. Enseñó en la Universidad de Arkansas de 1976 a 1981, pasando entonces a la de Alabama. En 1985 fue profesor asociado de historia y derecho y en 1990 profesor de Investigación de dicha Universidad. En 1992 recibe el University's Burnum Distinguished Faculty Award. Tiene numerosas publicaciones en el ámbito histórico-jurídico, destacando sus estudios históricos contra la legislación monopolística. En segundo lugar, figura el profesor Wythe Holt, Bachelor of Arts (1963) por el Amherts College, licenciado en derecho en 1966 por la Universidad de Virginia y Doctor en historia americana en 1979 por la misma Universidad. En 1966 entraría en la Escuela de Leyes de la Universidad de Alabama como profesor visitante, pasando en 1967 a profesor asistente, en 1970 a asociado y en 1974 a Catedrático. Actualmente, es responsable de Investigación en derecho, además de profesor de postgrado. Ha trabajado por la independencia, reforma de la educación, igualdad racial y justicia económica. Ha publicado numerosos artículos sobre la historia del derecho americano y la historia del derecho laboral americano. A él se deben las enseñanzas, entre otras, de American Legal History y American Labor Law History.
El 5 de diciembre de 1842, el profesor David MacDonald ofrecía su primera clase en el recién creado Departamento jurídico de la Universidad de Indiana. En 1843 había quince alumnos y en 1844 se graduaron los cinco primeros. Aunque los cambios han sido profundos desde esta fecha, la Escuela de Derecho mantiene su misión original: proporcionar una educación jurídica que suponga un equilibrio adecuado entre los conocimientos teóricos y prácticos. Tamar Althouse fue la primera mujer licenciada en esta Facultad en 1892. En 1901 se incrementaron los años de carrera a tres. La Facultad de Derecho de la Universidad de Indiana en Bloomington19 plantea un programa para los estudios jurídicos que pretende una sólida formación especializada del estudiante para enfrentarse a su futuro profesional, ya sea en la práctica privada de la abogacía o como miembro de una empresa. Por esta razón, se le familiariza con las instituciones básicas y con la legislación para que aprecie su desarrollo en el contexto social e histórico, descubriendo cómo el ordenamiento jurídico se va adaptando a las necesidades sociales. Al mismo tiempo, el alumno puede ampliar las nociones teóricas y prácticas en las áreas específicas (derecho concursal, internacional, mercantil...). En el primer curso, se trata de transmitir los conocimientos básicos a nivel legal, metodológico y terminológico. Con este fin, se exigen una serie de materias obligatorias que hagan al alumno "pensar como un abogado". A partir del segundo año académico, se permite que se especialice en un área jurídica determinada (por ejemplo, derecho comercial y de los negocios, derecho sanitario, derecho de los medios de comunicación, derecho internacional, derecho laboral, Propiedad o derecho constitucional) o elegir cursos de áreas diversas que resulten de interés para el alumno, lo cual refleja gran flexibilidad curricular. En la actualidad, la Biblioteca de la Facultad de Derecho (con más de 620.000 volúmenes) se sitúa entre las veinte primeras de EE.UU. y es la mayor de Indiana. Entre las escasas asignaturas con algún contenido histórico-jurídico, podemos destacar, dentro de la especialización en derecho internacional, la asignatura International Human Rights (2 créditos), impartida por Jost Delbrück, Director del Instituto de Derecho Internacional de la Universidad de Kiel y especialista no solo en derecho internacional sino también en derecho constitucional alemán. En ella se analiza la historia, significado y garantías, desde el punto de vista internacional, de los derechos y libertades fundamentales, comparando su protección en diferentes ámbitos culturales, así como la posible intervención de la comunidad internacional ante una supuesta violación de los mismos. Mayor número de disciplinas pueden interesarnos dentro de la especialidad en derecho constitucional. Así, Indiana Constitutional Law, con 2 créditos, cuyo docente es Dickson, desarrolla la historia de la Constitución de Indiana y su posible influencia en las Constituciones de otros Estados; Legislation (prof. William D. Popkin), con 3 créditos, resume la normativa estatutaria americana y su interpretación con una perspectiva histórica y Native American Law (3 créditos), a cargo de David C. William, contempla los elementos de la normativa federal relativos al desarrollo de los pueblos indígenas, a nivel legislativo y político. De mayor contenido histórico jurídico es el curso American Legal History (3 créditos), de Stephen A. Conrad, que se imbrica en la cultura legal y en otras áreas de la cultura americana o del pensamiento legal, buscando los límites de la ley más allá del estricto legalismo. Conrad trata de motivar al alumno en la lectura histórica para que descubra las estrategias de argumentación utilizadas por los historiadores y adquiera la destreza analítica necesaria para lograr habilidad a la hora de estructurar argumentos efectivos. El curso se completaba con un seminario sobre la historia del derecho Americano (2 créditos) que ya no se incluye en la oferta. Por su parte, Donald H. Gjerdingen, en Legal Thought (3 créditos), pretende descubrir la naturaleza del pensamiento jurídico, desde la Guerra Civil hasta 1937, en un periodo marcado por el desarrollo de la normativa en materia de educación o la aparición de teorías liberales en el pensamiento político. En Water Law (3 créditos), Robert L. Fischman examina la evolución histórica del derecho de aguas. Más específica es la asignatura, también de Conrad, Constitutional History Colloquium (3 créditos) que se detiene en el problema de cómo los historiadores utilizan los datos históricos para lograr los argumentos que conducen a la configuración de la cultura constitucional americana.
La University of Wisconsin - Madison se funda en 1848 y su Facultad de Derecho20 en 1868. Enseñanzas iushistóricas (nos referimos al curso 2002 - 2003) son: Introduction to American Law, que se concibe como una introducción a la tradición del derecho Común (Common Law) y al sistema legal americano y se explica por W. Lawrence Church; Federal Law and Indian Tribes y Federal Indian Law, ambas a cargo de Richard Monette, consistentes en un estudio de las relaciones entre la Federación, los Estados y las tribus como fuente de conocimiento de su organización, soberanías y proceso de evolución. Legal Sources, de Susan S. Katcher y J. Harrison, es un curso especializado, dirigido a los estudiantes del programa de master en Legal Institutions, que desarrolla el papel de las fuentes en la investigación jurídica americana. Más incidencia histórico-jurídica tiene la asignatura Modern American Legal History, que imparte Arthur F. McEvoy, y que profundiza en la interacción entre el sistema legal y los cambios sociales en EE.UU., desde la época colonial hasta el siglo XIX, periodo en el que la cultura americana adquiere su fisonomía fundamental y prácticamente definitiva. Entre los temas se incluyen las relaciones entre derecho y desarrollo económico, los cambios en la concepción de los derechos individuales, tanto en la esfera pública como privada, el surgimiento y decadencia del pensamiento jurídico liberal clásico y el desarrollo de la profesión jurídica. En la misma línea, se ubica Medieval Legal History, de Kart Blaine Shoemaker, que centra a los alumnos en la evolución histórica del derecho en Europa, partiendo de la caída del imperio romano hasta la aparición en la Edad Media de las grandes tradiciones jurídicas europeas, como el Common Law inglés y el derecho romano-canónico de la Europa continental. Finalmente, destacamos Women's Legal History cuya carga docente corresponde a Jane E. Larson. La situación no ha variado sustancialmente respecto al curso 2000 - 2001.
La Duke Law School University _en un duodécimo puesto_ se establece de forma oficial en 1930. Su misión es preparar estudiantes para una responsable y productiva vida en la profesión jurídica, a nivel nacional e internacional y tanto en el ámbito público como privado. Aunque es una institución joven, en comparación con otras Universidades americanas, cuenta con una gran reputación por su calidad y por el carácter innovador de sus programas que fomentan la interdisciplinariedad. Es reseñable la existencia de un instituto en Hong Kong donde los estudiantes tienen la oportunidad de vivir una experiencia internacional en diversos campos jurídicos. De hecho, se ofrecen diversas materias relacionadas con el derecho chino, de las que nos interesa Chinese Legal History21 que presenta algunas de las características de la historia jurídica china en el periodo comprendido entre 1644 y 1911, atendiendo a las transformaciones legales en el siglo XX. El curso trata de reflejar el modo en el que un sistema legal crea y, a su vez, refleja la estructura y valores de una sociedad en un proceso de interacción mutua que construye una particular "sensibilidad legal". Se examinan los códigos chinos con un propósito comparativo respecto a la teoría jurídica europea y americana. Aparte, para el curso 2002 - 2003, y con carácter optativo, se oferta American Legal History que explora la historia social del derecho americano, intentando aportar a los estudiantes una perspectiva del pasado y de la riqueza de la tradición jurídica americana. Se pretenden estudiar los acontecimientos históricos en el contexto en el que tuvieron lugar como modo de llegar a un completo entendimiento de los mismos; para ello se utilizan las fuentes primarias como estatutos y documentos de aplicación del derecho. Se incide, entre otros, en los siguientes temas: asentamientos europeos, relaciones entre los colonialistas y nativos, principios revolucionarios, papel de los tribunales y jueces en redefinir los derechos de propiedad, organización laboral, derecho penal, esclavitud, la respuesta del Estado en incrementar el tamaño de las sociedades, sistema penitenciario, regulación de la inmigración, desarrollo de la administración y movimientos de derechos civiles. La carga docente se adjudica a Paul Haagen. The American Legal Profesión in Historical Perspective es un seminario, impartido por Paul Carrington, donde se evalúa la moral y profesionalidad de diversos abogados americanos que han desempeñado un destacado papel en la vida nacional (procesos históricos, conflictos públicos e instituciones), desde 1776 a 1950, sin olvidar el papel de las facultades de Derecho en su formación. Igualmente relacionados con el área de historia del derecho22 se encuentran otros cursos como The Culture of American Law, a cargo de Jeff Powell, que plantea una nueva perspectiva de análisis del derecho como parte de la cultura, como conjunto de ideas, actitudes, memoria y mitos que forman la vida y trabajo de los profesionales del derecho y de la misma sociedad; Courts/War/Legacies, de Peter Fish, expone el impacto de las guerras y conflictos armados en la seguridad nacional y Race and Education, impartido por Charles Clotfleter, que examina, con perspectiva histórica, el grado de igualdad y de facilidades para los estudiantes blancos y negros. Al margen del área iushistórica, el estudio de los factores que han influido en el desarrollo del derecho judío, especialmente en el periodo talmúdico y medieval, a partir de las relaciones entre la ley civil y religiosa, es el propósito de Martin Holding en el curso (también ofertado como seminario) Jewish Law. Comienza con una introducción histórica a las fuentes literarias y formales del derecho, para continuar con la interpretación de los textos bíblicos, pasando por temas como contratos, matrimonio y divorcio, usura o derecho público. El seminario Law and Anthropology es una introducción a las teorías antropológicas y de otras ciencias sociales en cuanto a la naturaleza de la ley y su papel en el estudio del sistema jurídico contemporáneo. Se imparte por John Conley. Finalmente The Origins of Enviromental Legislation es un seminario donde Christopher Schroeder ofrece la posibilidad de bucear en los orígenes históricos del derecho medioambiental.
En el distrito de Columbia, la George Washington University Law School23 es la Facultad de Derecho más antigua, funcionando desde 186524 con un programa oficial inicial de dos años de estudios y que contaría con un edificio independiente gracias a los esfuerzos del reverendo Whitefield Samson. Dos años más tarde, obtendrían la licenciatura un total de sesenta alumnos. Desde entonces, ha experimentado un progresivo desarrollo ampliando la oferta académica y la cualificación. Hoy día, cuenta aproximadamente con 1650 alumnos matriculados. El propósito de la Facultad de Derecho es preparar a hombres y mujeres con los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para satisfacer las necesidades de la sociedad en múltiples campos jurídicos y para actuar en cualquier parte del país, contando para ello con eminentes profesores cualificados y con un completo sistema de prácticas y programas de especialización en derecho público, propiedad intelectual, derecho medioambiental (con varias categorías), contratación del Estado y derecho internacional y comparado. En total hay 225 materias optativas, para el curso 2002 - 2003, cuya elección dependerá de los intereses individuales, tratándose de fomentar la responsabilidad a la hora de seleccionar las más adecuadas para una coherente formación académica. Es de resaltar la escasez de contenido histórico jurídico dentro de estos programas. No obstante, en el área de derecho internacional y comparado puede resultar de interés iushistórico la asignatura de Traditional Jewish Civil Law (2 créditos) que pretende ser una introducción a los métodos, historia, estructura y sustancia de este tradicional derecho civil, analizando algunos tópicos. Se imparte por Nathan Lewin. Además nos atraen aquellos cursos encaminados a mostrar la relación entre el derecho y otras disciplinas como, por ejemplo, la historia. Entre estos, destaca History of the U. S. Constitution (2 ó 3 créditos) que muestra los orígenes filosóficos e históricos de la Constitución, con especial consideración de las obras de Locke, Hobbes y Montesquieu, el derecho natural y la teoría del contrato social, así como la aplicación de esos conceptos a los debates acerca de los borradores y ratificación del texto constitucional y el grado en que se han reflejado en las decisiones del Tribunal Supremo con atención a las sentencias más recientes y U. S. Legal History (2 ó 3 créditos) que examina la historia jurídica americana desde el siglo XVII hasta el presente, incluyendo el constitucionalismo angloamericano, recepción y transformación del Common Law, raza y género en las leyes, corporaciones, educación legal, etc. Se explica por Robert J. Cottrol. Entre los cursos de derecho internacional, se encuentra Comparative Law (2 ó 3 créditos) donde Raj Bhala y Richard J. Cummins describen los principales sistemas jurídicos de "civil law" (Francia, Alemania, España, Italia, América latina y Japón) comparándolos con el "Common Law", profundizando en la historia de las fuentes, instituciones de derecho público y privado, procedimiento civil y criminal o el papel de los abogados, dedicándose algunas sesiones al derecho islámico. Este último constituye una materia independiente (Islamic Law _2 créditos_), impartida por Fathalla Al - Meswari, que se remonta a sus orígenes y al desarrollo de las escuelas islámicas de jurisprudencia y a la fundación de su derecho constitucional, entre otros muchos aspectos. Otras disciplinas que pueden interesarnos son Race, Racism, and American Law (2 ó 3 créditos), a cargo de Paul Butler, como muestra de la influencia del factor raza y del racismo en la evolución de la legislación americana y del uso de la ley y la actuación judicial para poner remedio al referido racismo en el contexto del derecho penal, sufragio, cargos públicos, educación, empleo o derecho de familia. Además, se oferta un seminario específico de Legal History (2 ó 3 créditos) donde Robert Cottrol y Renée Lettow desarrollan los principales hitos de la historia jurídica. Anteriormente, en el 2000, aparecía un seminario sobre derecho e historia social y económica que aspiraba a mostrar la interrelación entre la ley y el desarrollo social y económico en la historia americana.
Podemos concluir que, en la mayoría de las facultades de derecho americanas que hemos analizado, los estudios jurídicos se reconducen, básicamente, a tres años académicos (en sus orígenes solían ser dos). En el primero, se imponen una serie de materias de carácter obligatorio que tratan de transmitir a los alumnos nociones esenciales y que suelen coincidir en las distintas Universidades. Por su parte, en el segundo y tercer año se permite al alumno que elija entre una amplia oferta de cursos y seminarios hasta completar el número de créditos que se exigen para lograr el título. Esto faculta para alcanzar una especialización o un grado interdisciplinar de conocimientos jurídicos. La mayor parte de disciplinas con contenido iushistórico _por no decir la totalidad_ se incluye en esta oferta optativa. Al mismo tiempo, hemos podido comprobar una ligera disminución de las materias histórico-jurídicas respecto a años anteriores, dentro de la amplitud que observamos en algunas facultades.
NOTAS
1 Ver M. J. Peláez y F. Betancourt, Encuesta europea sobre las enseñanzas romanísticas e histórico-jurídicas en las facultades de derecho, en Cuadernos informativos de Derecho Histórico Público, Procesal y de la Navegación, 12/13 (junio de 1990), pp. 3049 - 3116. [ Links ] En otra ocasión, M. J. Peláez analizaría las enseñanzas iushistóricas en los planes de estudio de las facultades de derecho no solo de Europa, sino también de Japón, EE.UU., Canadá y Sudáfrica en una conferencia pronunciada en la Universidad de Extremadura, en diciembre de 1990, publicada, más tarde, en un artículo y en un resumen de la exposición oral, en el Anuario de la Facultad de Derecho 8 (Universidad de Extremadura, 1990), pp. 301 - 318 y pp. 362 - 371. También se pueden ver otros ejemplos de universidades europeas en Cuadernos informativos de Derecho Histórico Público, Procesal y de la Navegación 6 - 7 (diciembre/1987), pp. 1262 - 1353 y resultan de interés las opiniones de muchos expertos europeos, en Defensa de las disciplinas histórico-jurídicas e histórico-políticas en los estudios de Derecho. Posicionamiento de profesores extranjeros, en Cuadernos informativos de Derecho Histórico Público, Procesal y de la Navegación 9 - 10 (enero/1989), pp. 2243 - 2268 y En defensa de la Historia del Derecho, en Boletín del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Revista Jurídica General 2 (marzo - abril de 1988), pp. 7 - 24. De manera breve, algo apuntamos sobre las enseñanzas histórico-jurídicas en Universidades americanas y canadienses, P. Zambrana, Enseñanzas histórico-jurídicas en las Universidades de Yale, Harvard, Toronto y McGill durante el curso 1999 - 2000, en Anuario de Historia del Derecho Español 70 (Ministerio de Justicia - Ministerio de la Presidencia, 2000), pp. 720 - 723. [ Links ]
2 Mathias Reimann, Neuere Rechtsgeschichte in den Vereinigten Staaten, en Zeitschrift für neuere Rechtsgeschichte 20 (1998) 3 - 4, pp. 277 - 293, [ Links ] informa sobre la bibliografía estadounidense de historia del derecho, pero no proporciona nada acerca de las enseñanzas histórico-jurídicas en las facultades de derecho norteamericanas.
3 Consultar "America's Best Graduate Schools", en Exclusive rankings. Us. News and World Report, 29 de marzo de 1999.
4 Ver "America's Best Graduate Schools 2004", en: «http://www.usnews.com» http://www.usnews.com [fecha de la consulta, 8/5/2003].
5 Aparece en enero, abril, julio y octubre.
6 Se publica tres veces al año (primavera, verano y otoño) para promover la investigación en los campos de la historia del derecho y de las ideas e instituciones jurídicas.
7 Se edita dos veces al año (primavera y otoño) con el fin de analizar y presentar la historia del derecho, de la profesión jurídica y de los Tribunales, en particular, de los federales.
8 Ver su reciente publicación A World Made New: Eleanor Roosevelt and the Universal Declaration of Human Rights (New York, 2001), recensionada por A. J. Hobbins, en Journal of the History of International Law 4 (2002) 2, pp. 379 - 383.
9 Ver Daniel R. Ernst, The Critical Tradition in the Writing of American Legal History: Review Essay, en Yale Law Journal 102 (enero de 1993), pp. 1019 - 1076. [ Links ]
10 Consultar J. W. Tubbs, The Common Law: Medieval and Early Modern Conceptions (Baltimore y London, 2000), XIII + 253 pp. [ Links ]
11 En cualquier caso, aunque no sea el único supuesto, nos parece significativo que se haga mención expresa de este dato en una guía oficial de la universidad, indicándose, incluso, que en 1870 llegó a ser la segunda universidad americana en conferir el grado de licenciado en derecho a un afroamericano; mientras que en 1871, se graduó la primera mujer de habla inglesa. En 1894 fueron admitidos los primeros estudiantes mexicanos.
12 En 1997, el programa del seminario se estructuraba en una introducción, y un análisis y desarrollo de los siguientes temas (desde enero hasta abril): la justicia criminal inglesa en la época medieval y alrededor del 1600; la relación entre ley y autoridad en la Massachusetts colonial; la persecución de la brujería en Salem; la justicia penal colonial; el nacimiento del moderno derecho penal; los delitos en el derecho común, codificación y positivismo; penología y responsabilidad criminal en la América anterior a la guerra; el jurado en la misma época; crimen y justicia en el Sur de USA antes de la guerra civil; la transformación de la administración penal, tribunales, policía y penología; el proceso penal y la justicia criminal en el siglo XIX; el jurado en el siglo XIX; la justicia penal en el Sur de posguerra; la "vigilante justice"; mujer y justicia penal en relación a la prostitución, incesto y responsabilidad; el problema de la responsabilidad penal alrededor del 1900; penología en la era del progreso; la moderna jurisprudencia penal: el modelo de Código Penal; la enajenación mental desde el punto de vista legal y la cuestión de la libre voluntad; crimen, derechos y la decadencia del ideal de rehabilitación: el Estado de bienestar y la responsabilidad criminal y como conclusión la invalidez del jurado en la perspectiva histórica y común. Todas las lecciones contaban con su apoyo bibliográfico y correspondiente material de lectura obligatoria y optativa para reforzar el aprendizaje del alumnado. Entonces tenía tres créditos y se denominaba History of Criminal Justice in America. En el curso 2000 - 2001 pasaría ya a tener solo 2 créditos, y se centraba en la historia de la justicia penal desde la época colonial hasta nuestros días.
13 Hombre formado en las Universidades de Columbia y Harvard. No solo enseña historia del derecho a los alumnos de la Escuela de Derecho de Michigan, sino que también en la Facultad de Literatura, Ciencias y Artes de su Universidad imparte enseñanzas iushistóricas. Especialista en historia del derecho Penal, cuenta con artículos y monografías importantes, como por ejemplo, Veredict according to conscience. Perspectives on the English Criminal Trial Jury, 1200 - 1800 (Chicago - London, 1985), 409 pp.
14 Insistimos en que todo este bloque aparece en el catálogo de la universidad, pero no se ofrece para el curso 2003 - 2004.
15 Puede resultar de interés el trabajo de William M. Wiecek, profesor de derecho público en la Facultad de Derecho de la Universidad de Syracusa, The Lost World of Classical Legal Thought: Law and Ideology in America 1886 - 1937 (New York - Oxford, 1998), VII+277 pp. [ Links ] El profesor Wiecek ha logrado un libro asequible a un amplio y variado público, constituido por estudiantes, historiadores y abogados, situando el pensamiento jurídico clásico en el contexto histórico, social y económico que lo ha originado y buceando en la práctica profesional, en la jurisprudencia americana del siglo XIX y principios del XX y en las teorías políticas, pero separando los aspectos legales y políticos en su justa medida. Incide en los momentos de máximo desarrollo del clasicismo y en las críticas, trazando la cronología coherentemente, desde su aparición hasta el declive, en capítulos independientes que facilitan la lectura y comprensión, acompañado de un adecuado conocimiento de las fuentes. Sostiene que el clasicismo representa la búsqueda de orden frente a los tumultuosos cambios sociales resultantes de cada momento histórico (guerra civil, agitación social, inmigración o economía industrial). Su particular punto de vista le lleva a plantear la emancipación de los esclavos como el mayor caso de expropiación habido en la historia, partiendo del concepto clásico y absoluto de propiedad; así la norma que les daba la libertad era profundamente inconsistente en sí misma al considerar al esclavo como propiedad y reconocerle, al mismo tiempo, personalidad. Por otra parte, para Wiecek el clasicismo jurídico crece al margen de la tensión entre los dos polos de la aspiración republicana, de un lado, el poder del gobierno para legislar y de otro, las libertades individuales. Para justificar este crecimiento se detiene en dos pilares básicos, propiedad y contrato, prestando atención a los denominados historiadores revisionistas que enlazan con los intentos de prevenir la legislación clasista que pretende primar a unos grupos sociales frente a otros. Para los revisionistas estas leyes eran especialmente rechazables por violar principios constitucionales básicos en conflictos de intereses entre grupos donde debía imperar la neutralidad. Para Wiecek ésta no debe ser la única interpretación del clasicismo donde se ha de rechazar la ideología conservadora. Ubica el comienzo de la decadencia del clasicismo cuando desemboca en una jurisprudencia anacrónica que origina una legislación desconectada de la realidad del siglo XX, con las lógicas críticas que ello conlleva. Su muerte se producirá entre 1937 y 1938 acompañada de profundos cambios en la jurisprudencia del Tribunal Supremo _debidamente ilustrados por Wiecek con el análisis de casos concretos_.
16 La importancia de la orientación metodológica basada en la historia Oral se ha puesto recientemente de manifiesto en la XI Conferencia Internacional de Historia Oral, celebrada en Estambul entre el 15 y el 19 de junio de 2000, en la que participaron un total de 310 congresistas venidos de 36 países. Se está aplicando esta línea en historia contemporánea y en historia del trabajo. Ninguno de los talleres fue de historia institucional o jurídica lo que es indicativo de su inaplicabilidad a la historia del derecho. Las Séptimas Jornadas de Historia y Fuentes Orales: "Memoria e Identidades" tuvieron lugar en Ávila, del 27 al 29 de octubre de 2000.
17 En cursos anteriores (otoño de 2001) estaba a cargo del profesor John Phillip Reid, además del propio William Nelson y el número de créditos ascendía a 4.
18 Es la número cuarenta y seis en el "ranking".
19 Ocupa el puesto treinta y ocho en el "ranking".
20 Es la número treinta y cinco.
21 Se oferta como curso y como seminario y es impartida por Jonathan Ocko.
22 El área iushistórica plantea que la mayoría de las instituciones que configuran el moderno sistema jurídico tienen unas profundas raíces históricas. Se ofrece una oportunidad a aquellos estudiantes que desean conocer más acerca de cómo una determinada ley o principio jurídico ha adquirido su actual fisonomía y cuáles son sus orígenes.
23 Ocupa el puesto veintitrés.
24 Aunque originariamente se establece en 1826, las clases tuvieron que ser interrumpidas debido a la falta de alumnos y de apoyo económico.
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